Motor

Multa de más de 6,6 millones al organizador de MotoGP

  • La sentencia acusa a directivos de Dorna de simular una operación para repartirse dividendos
Carrera de MotoGP. Foto: Reuters/Archivo

El Tribunal Supremo confirmó ayer, que Dorna Sports, la entidad organizadora del Mundial de Moto GP, y dos de sus directivos simularon en 2003 y 2004 una compraventa de acciones con el objetivo de obtener ventajas fiscales y realizar un reparto de dividendos encubierto.

En dicha simulación, los socios de Dorna vendían participaciones a otra sociedad con un capital suscrito por los mismos socios vendedores, financiada mediante y préstamo y cuyo importe se destinó en parte a los socios para obtener un dividendo.

Por esto, el Tribunal Supremo le acusa de cometer una infracción grave a la Ley General Tributaria, por lo que tendrán que pagar una sanción económica. Además, también tienen que hacer frente a las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes -Hacienda calculó inicialmente una cuantía de 25,5 millones de euros con intereses de demora, que tendrá que ser corregida ligeramente a la baja-.

La decisión de la Alta Cámara supone que los socios de Dorna, Carmelo Ezpeleta (consejero delegado) y Enrique Aldama (director financiero), con sus respectivas cónyuges, deben pagar 3,9 y 2,7 millones de euros, respectivamente, en concepto de IRPF del año 2004.

El Supremo hizo especial hincapié en los impuestos de sociedades de Dorna de 2003, 2004, 2005 y 2006 -en aquel momento estaba controlada por el capital riesgo CVC y posteriormente fue vendida a Bridgepoint- por los que inicialmente Hacienda giró una cuota a ingresar de 16,6 millones, por la simulación de la compraventa mencionada y también por lo que consideraba improcedente deducción de un fondo de comercio surgido en fusiones en los ejercicios 1999 y 2003. A ello sumó una sanción por infracción muy grave de 17,2 millones.

La Audiencia Nacional corrigió esas liquidaciones y señaló que no correspondía anular las deducciones relativas al fondo de comercio, pero sí apreció la simulación de la compraventa, y además rebajó la infracción de muy grave a leve. El Supremo ratifica lo hecho por la Audiencia en cuanto a las liquidaciones, pero eleva a grave la infracción, por lo que Hacienda deberá recalcular la liquidación y además imponer sanción por falta grave.

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