Declaración de la renta

Renta 2017 | Cuatro consejos en la declaración para autónomos

  • Hasta el próximo 2 de julio se podrá realizar la tramitación del IRPF

Mañana comienza el plazo para presentar la Declaración de la Renta 2017, que durará hasta el próximo 2 de julio y que se podrá realizar a través de Internet, en la aplicación móvil, por teléfono o de forma presencial con cita previa, en las oficinas de la Agencia Tributaria. Aunque ser autónomo y presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tiene sus propias particularidades. Consulte nuestro Especial Campaña Renta 2017.

Desde el Consejo General de Economistas hacen cuatro recomendaciones que pueden ayudar a los autónomos. En primer lugar, si realizan actividades agrícolas, ganaderas o forestales y determinan el rendimiento en el régimen de estimación objetiva, habiendo sufrido en 2017 desastres meteorológicos o incendios, deberían esperar para presentar la declaración a que se publique la Orden Ministerial que reduce los índices de rendimiento neto por dichas circunstancias.

Asimismo, "si determinan el rendimiento por el régimen de estimación directa y no llevan contabilidad de acuerdo al Código de Comercio, deberían marcar la casilla correspondiente si quieren acogerse al criterio de imputación según cobros y pagos. Y es que, se trata de una opción que, una vez terminado el plazo para presentar la declaración, no podrán ejercer o revocar", según declaran desde Reaf Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas.

"En caso de que su empresa se califique como de reducida dimensión, podrán doblar el coeficiente máximo de amortización de tablas de los elementos del inmovilizado material, de las inversiones inmobiliarias o de los intangibles -en caso de los de vida útil que no pueda estimarse el 1,5%-. Si han creado empleo y han adquirido elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias podrán amortizarlos libremente. Y podrán deducir el 1% del saldo de los derechos de crédito que no hayan deteriorado de manera individual y cuyo deterioro pueda ser deducible" explican. Por último, advierten de que la deducibilidad de los gastos de atenciones a clientes y proveedores tiene un límite: el 1% del importe neto de la cifra de negocios del ejercicio.

Gastos deducibles

Entre los principales gastos que un trabajador autónomo deberá tener en cuenta para deducirse se encuentran los gastos de explotación, es decir, los materiales adquiridos para el desarrollo de la explotación, su mantenimiento y producción, como gastos financieros; créditos, préstamos, etc. Por otro lado, se podrá deducir el salario de los trabajadores, los gastos de viajes y dietas tanto de los empleados como del propio autónomo.

Así como deducirse algunos gastos de la vivienda, aunque para ello es necesario comunicar a Hacienda el porcentaje del hogar dedicado a la actividad profesional. Si se cuenta con un teléfono exclusivo para el trabajo se puede desgravar la totalidad del gasto. Además del IVA que se puede deducir en el IRPF por el total de la factura. Por último, otros gastos como la adquisición de libros vinculados a la actividad, suscripciones, cursos de formación o asistencia a congresos también pueden ser deducidos. Así como servicios externos de abogacía, notaría, seguros o publicidad.

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