
La vivienda puede ser un importante factor a la hora de lograr un alivio en la declaración de la Renta. Tanto a nivel estatal como a nivel de las comunidades autónomas se incluyen deducciones que tienen que ver tanto con la adquisición como con la renovación, rehabilitación o la adaptación de la vivienda habitual del contribuyente.
A nivel estatal se encuentra la deducción por rehabilitación y ampliación de la vivienda habitual que contempla deducciones de hasta el 15% de las cantidades satisfechas en el ejercicio (con una base máxima de 9.040 euros anuales). En Cataluña puede subir al 16,5% si el contribuyente no supera una base imponible de 30.000 euros y fue menor de 33 años, estuvo en paro al menos 183 días, tiene una discapacidad del 65% o tiene un hijo a cargo.
Esta deducción, no obstante, se encuentra en un régimen transitorio por el que no todas las actuaciones de rehabilitación o ampliación de la vivienda son deducibles: solo cuando el contribuyente hubiese deducido cantidades anteriores a 2013 y en el caso de que las obras hubiesen finalizado antes de 2017.
El carácter transitorio de la deducción estatal hace que el verdadero refugio para los contribuyentes que han hecho obra en su casa sea el de las deducciones autonómicas. En este campo todo dependerá de la comunidad autónoma en la que se resida y las deducciones que contemple:
Andalucía
-Se otorgan 30 euros de deducción a beneficiarios que reciban ayudas o subvenciones para la rehabilitación de vivienda habitual con la condición de vivienda protegida. Para poder beneficiarse de ella los ingresos de la unidad familiar del contribuyente no pueden superar 2,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en viviendas de régimen especial, no pueden superar 4 veces el IPREM en viviendas de régimen general y no pueden superar 5,5 veces el IPREM en viviendas protegidas de precio limitado.
-Se concede una deducción del 2% de las cantidades invertidas en rehabilitación, con un límite de 9.040 euros y los requisitos anteriormente mencionados. La deducción sube al 3% en el caso de personas menores de 35 años cuya base imponible no supere los 19.000 euros anuales en tributación individual y los 24.000 euros en conjunta.
Aragón
Esta comunidad tiene una deducción por la rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos: el 5% de las cantidades invertidas siempre que el contribuyente tenga menos de 36 años, se trate de su primera vivienda, se resida en un municipio de menos de 3.000 habitantes y cuando la base imponible no supere los 21.000 euros anuales en tributación individual o los 35.000 euros en conjunta.
Asturias
-Una deducción del 3% con una base máxima de 13.664 euros para las cantidades pagadas en rehabilitación de la vivienda, tanto en personas con discapacidad de al menos un 65% como en contribuyentes con cónyuge, ascendientes o descendientes que convivan con ellos, tengan esa discapacidad y además no dispongan de ingresos anuales superiores al IPREM de 2021.
-El importe de las obras de rehabilitación en vivienda protegida, con un límite de 5.000 euros.
-El 10% de las cantidades invertidas en rehabilitación de viviendas habituales de contribuyentes menores de 35 años, familias numerosas o monoparentales siempre que esa residencia se mantenga al menos tres años y la base imponible no supere los 25.009 euros anuales en tributación individual y los 35.240 euros en tributación conjunta.
Baleares
En esta región se da una deducción del 50% de las obras destinadas a la mejora de la calidad y sostenibilidad de la vivienda habitual, con una base máxima de la deducción de 10.000 euros anuales. La base imponible del contribuyente no puede superar los 30.000 euros anuales en tributación individual y los 48.000 euros enuales en conjunta.
Canarias
-Una deducción del 1% de las donaciones en metálico aportadas a descendientes menores de 35 años para la rehabilitación de vivienda habitual, con el límite de 240 euros. Sube a un 2% y un límite de 480 euros para descendientes menores de 35 años y con discapacidad de al menos un 33% y sube al 3% y 720 euros de límite cuando la discapacidad es de al menos un 65%.
-El 10% de las cantidades invertidas en rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual, con una base máxima anual de 7.000 euros.
-El 10% de las cantidades invertidas en adaptación de la vivienda habitual de personas con discapacidad.
Cantabria
La comunidad cántabra tiene una deducción del 15% de los gastos por obras en viviendas de su propiedad o en el edificio en el que se encuentre la vivienda. El límite de la deducción es de 1.000 euros en tributación individual y de 1.500 euros en conjunta, pero sube 500 más en casos de contribuyentes con discapacidad de al menos un 65% y en casos de tributaciones conjuntas con descendientes discapacidad del 65%.
Castilla-La Mancha
En la región castellano manchega existe una deducción del 15% de las cantidades pagadas en obras de rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales, siempre que la obra empezase en 2021 y cuando el municipio tenga menos de 5.000 habitantes. La base máxima por todos los ejercicios de aplicación será de 180.000 euros o la cantidad total de las obras si fuese menor. Para cada año la base máxima de la deducción es de 12.000 euros anuales.
Castilla y León
-El 15% de las cantidades invertidas en rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales, con una base máxima de 9.040 euros. Deben ser menores de 36 años, tener un valor de vivienda que no supere los 135.000 euros y en una localidad de menos de 10.000 habitantes o menos de 3.000 si está a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia. El límite a la base imponible es de 18.900 euros anuales en tributación individual y de 31.500 euros en conjunta.
-El 15% de las cantidades pagadas en instalaciones medioambientales y adaptación de personas con discapacidad. Aquí entran la instalación de paneles solares. mejora en instalaciones térmicas, de agua y obras que mejoren la accesibilidad. La base máxima deducible es de 20.000 euros.
Cataluña
La comunidad catalana establece una deducción del 1,5% de las cantidades pagadas en rehabilitación de la vivienda habitual con una base máxima de 9.040 euros anuales.
Extremadura
Se permite una deducción del 3% de los gastos en rehabilitación de vivienda habitual (el 5% en municipios de menos de 3.000 habitantes) para los jóvenes menores de 36 años de edad y sin límites de edad para contribuyentes (o sus cónyuges, descendientes o ascendientes) víctimas de terrorismo. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros anuales y los límites a la base imponible son de 19.000 euros anuales en tributación individual y de 24.000 euros anuales en tributación conjunta.
Galicia
-El 15% de las cantidades pagadas para instalaciones de climatización o agua caliente que con uso de energías renovables destinadas exclusivamente al autoconsumo. El límite de la deducción es de 280 euros anuales.
-El 15% de las cantidades destinadas a obras de eficiencia energética en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares, con una base máxima de 9.000 euros.
-El 15% de las cantidades pagadas en concepto de rehabilitación de vivienda en los proyectos de aldeas modelo. La base máxima es de 9.000 euros si la vivienda es habitual y de 4.500 euros en el resto de casos.
Guipúzcoa
El 18% de las cantidades invertidas en rehabilitación de vivienda con un límite de 1.530 euros anuales. Esto sube al 23% de deducción con un límite de 1.955 euros anuales para menores de 30 años o titulares de familia numerosa.
Murcia
-Una deducción del 5% (con una base máxima de 9.040 euros y un límite máximo de 300 euros) de las cantidades satisfechas en ampliación o rehabilitación de vivienda habitual para menores de 35 años cuya base imponible no supere los 24.107,20 euros y cuya base imponible del ahorro sea inferior a 1.800 euros.
-El 20% (con una base máxima de 300 euros y un límite de 60 euros) de las cantidades pagadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua.
-El 10% (con una base máxima de 10.000 euros y un límite máximo de 1.000 euros) de las cantidades invertidas en instalaciones de recursos energéticos renovables.
La Rioja
-El 5% de las cantidades invertidas en rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios de La Rioja, con un límite de 452 euros y una base máxima de 9.040 euros.
-El 8% de las cantidades pagadas en ampliación o rehabilitación de una única segunda vivienda en el medio rural, con una base máxima de 9.040 euros anuales y un límite a la deducción de 450,76 euros. Para poder beneficiarse de ella el final de las obras debió producirse antes de 2017 y se deben pagar cantidades por ello antes de 2013.
-El 15% de las cantidades satisfechas en ampliación o rejabilitación de vivienda habitual de menores de 36 años, con una base máxima de 9.000 euros anuales. El límite a la base imponible es de 18.030 euros en declaración individual y de 30.050 euros en conjunta.
-El 15% de las cantidades pagadas en rehabilitación de las viviendas de personas con discapacidad, siempre que acabasen antes de 2017 y que se pagasen cantidades antes de 2013.
Comunidad Valenciana
-Se dan 102 euros de deducción siempre que se hayan destinado a la rehabilitación de vivienda habitual las ayudas concedidas por la Generalitat a tal efecto.
-El 40% de las cantidades pagadas (el 20% en segundas residencias) para las inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o aprovechamiento de fuentes de energía renovables. La base máxima anual es de 8.000 euros anuales.
Vizcaya
La deducción en esta provincia es por rehabilitación de la vivienda habitual, del 10% de las cantidades invertidas (con una base máxima de 15.000 euros) en obras de mayo de 2020 a diciembre de 2021 con presupuestos de al menos 3.000 euros y en obras de más de 10 años de antigüedad.