Cuando nos ponemos frente al borrador de la declaración de la Renta, una de las dudas es (en el caso de tener pareja) si nos conviene presentar dicha declaración de manera conjunta o de forma individual. Sin embargo, no todas las uniones pueden acogerse a la tributacion conjunta.
Tributación conjunta para matrimonios
La Agencia Tributaria explica que, con carácter general, la Renta se presenta de forma individual, aunque todas las personas de la misma unidad familiar (es indispensbale que todos sus miembros tributen de la misma forma) pueden presentar la declaración en tributación conjunta. Un supuesto en el que, no obstante, no entran todos los casos de convivencia.
Los matrimonios con o sin hijos pueden decantarse sin problemas por la tributación conjunta y gracias a ella podrán deducirse 3.400 euros de la base imponible. Es el único caso en el que los dos integrantes de la pareja (sin contar los hijos) pueden acogerse a este tipo de tributación.
Las reglas para el resto de casos son diferentes. Aquí entran las parejas que no están casadas, como las parejas de hecho o las que están unidas sin matrimonio con hijos, además de los padres y madres viudos o separados legalmente.
En estos casos, solo uno de los dos miembros de la pareja (en el caso de los separados, el que conviva con los hijos) podrá acogerse a la tributación conjunta, formando parte de la unidad familiar con sus hijos y con derecho a una deducción de 2.150 euros en la base imponible. El otro miembro de la pareja deberá quedarse fuera de la unidad familiar y hacer la tributación individual.
La Agencia Tributaria insiste en que "nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo" y que "cualquier otra agrupación familiar, distinta de las anteriores, no constituye unidad familiar a efectos del IRPF".
¿Cuándo conviene la tributación conjunta?
Con todo, no siempre hacer la declaración de manera conjunta es la mejor de las soluciones para optimizar el resultado de nuestra declaración. Dado que al optar por este método puede aumentar la tributación (por estar en un tramo superior del IRPF), solo compensa en una serie de casos.
De acuerdo con Carlos Cruzado, director de Gestha (sindicato de los técnicos de Hacienda), esta modalidad es beneficiosa para aquellos matrimonios en los que uno de los cónyuges no tiene ingresos o tiene ingresos muy bajos, además de para las familias monoparentales con hijos, en las que la deducción de 2.150 euros puede ayudar.
Aún así, si existen dudas sobre qué método conviene más, la solución es acudir al simulador de Renta Web de la Agencia Tributaria, en el que puede elaborar un borrador con cada modelo de tributación y conocer de primera mano cuál es el que más le compensar.