Contencioso administrativo

El TC anula la reforma de la Ley General de Subvenciones

Sede del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado por unanimidad la reforma del artículo 7.1.a) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aprobada por el Real Decreto-ley 7/2013 de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, estimando así el recurso presentado por el Gobierno de Canarias.

La sentencia, del 14 de abril, de la que ha sido ponente el magistrado Enríquez Sancho, asevera que el Gobierno no justificó de forma suficiente la situación de "extraordinaria y urgente necesidad" que exige el artículo 86.1 de la Constitución para legislar a través de la figura del decreto-ley.

Estabilidad Presupuestaria

La resolución argumenta que en la exposición de motivos y en la tramitación parlamentaria el Ejecutivo se limitó a "reiterar la necesidad y la conveniencia" de adaptar el artículo 7 de la Ley General de Subvenciones a la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria, para que pudieran iniciarse "los procedimientos de repercusión de responsabilidades" a las Administraciones competentes por la gestión de los fondos procedentes de la UE.

"Lo cierto es que ya era posible realizar dicho traslado de responsabilidades con el marco jurídico vigente en el momento en el que se aprueba" el Real Decreto impugnado, razona la resolución, a través de la Ley Orgánica 2/2012 y el Real Decreto que la desarrolla.

El TC concluye que no se ha cumplido el presupuesto habilitante, ya que la medida carece de carácter extraordinario y tampoco se ha acreditado la urgencia de implementar la mejora técnica que incorpora en la Ley de Subvenciones. "En suma, no se han hecho explícitas las razones que justificaron la selección, para esta medida concreta, de un plazo más breve que el requerido para la tramitación parlamentaria de las leyes", apostilla el fallo.

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