
"Branding: capacidad para desarrollar y mantener el conjunto de atributos que rodea una marca". Una actividad que puede resultar sumamente difícil si, al hecho de llevar años pleiteando por ser el único propietario de la misma, se añade que tu homónima acapara titulares por ser la primera víctima oficial de la crisis en el sector inmobiliario. La 'Llanera' asturiana y la valenciana luchan por su marca en medio de la tormenta inmobiliaria
"La inmobiliaria valenciana Llanera carece de autorización para utilizar esta marca comercial, propiedad desde 1995 de la inmobiliaria asturiana Agencia Inmobiliaria Llanera, con sede en Lugo de Llanera", según se indica en la nota de prensa enviada por dicha compañía.
Así de contundente es esta empresa familiar, propiedad de Isaac Fernández Suárez, que alega tener debidamente registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas las denominaciones comerciales Agencia Inmobiliaria Llanera y Llanera -hecho comprobable en la página de dicho organismo oepm.es- y que reclama que su competidora valenciana, primera 'víctima' oficial de la crisis del sector inmobiliario, ha utilizado indebidamente.
Marca suspendida
Asimismo, en el comunicado remitido por la inmobiliaria asturiana se informa que presentó una demanda contra la compañía valenciana, que fue admitida a trámite en septiembre de 2006 y que está pendiente de resolución judicial en la actualidad en el Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Valencia.
En la demanda, "la inmobiliaria asturiana exige compensaciones por la constante violación de su marca", ya que alega que su homónima valenciana ha "hecho repetidamente caso omiso a la Oficina Española de Patentes y Marcas", que ha suspendido todas las denominaciones registradas por la empresa levantina.
Según aclara Isaac Fernández, este organismo le denegó la utilización de la denominación Inmobiliaria Llanera, Llanera y las asociadas a este nombre el 28 de septiembre de 2006, atendiendo a la Ley de Marcas de 1988, que establece que el registro de la marca confiere a su titular el derecho exclusivo de utilizarla en el tráfico económico.
Según la sentencia 749/2000 del Tribunal Supremo, la Ley de Marcas faculta al titular de la denominación comercial el derecho a "prohibir que terceros usen su marca, prohibición que se extiende tanto a los signos iguales como a los confundibles, y comprende tanto a los productos o servicios idénticos como a los similares". Pese a ello, Grupo Llanera "ha continuado con su publicidad y sus habituales labores de patrocinio utilizando una marca que no está registrada a su nombre".
La demanda fue interpuesta a raíz de que la valenciana rechazara, a principios de 2006, el requerimiento realizado por la asturiana para que dejara de usar la marca.
La asturiana realiza publicidad y patrocinios
En paralelo, y según informa la inmobiliaria asturiana, ésta ha venido realizando otras labores de publicidad y patrocinio de la Federación de Atletismo del Principado de Asturias.
Su imagen, "muy conocida" en la comunidad, según aseguró Fernández Suárez a elEconomista.es, se está viendo perjudicada por la crisis financiera que atraviesa la valenciana, presidida por Fernando Gallego. Por una parte, su marca se asocia a la Grupo Llanera y mucha gente cree que "es una franquicia" o que me estoy aprovechando de su nombre", afirma el presidente de la asturiana. Además, el largo litigio supone un coste "muy elevado" en abogados.