Construcción Inmobiliario

El TSJ valenciano tumba la norma que impide nuevos desarrollos inmobiliarios junto al mar

  • Estima un recurso de TM Grupo Inmobiliario contra el Pativel
  • Considera que se aprobó sin un estudio económico ni del impacto de género
  • El Consell anuncia que recurrirá al Supremo
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado un recurso de TM Grupo Inmobiliario y anula la normativa que el Gobierno valenciano había aprobado para proteger 7.500 hectáreas de suelo sin urbanizar en el litoral.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo, por ser contrario a derecho, el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (Pativel) de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Gobierno de coalición de socialistas y Compromís en 2018.

La sentencia estima el recurso presentado por Torreviñas, sociedad de TM Grupo Inmobiliario, uno de los mayores promotores de la costa de Alicante, y supone un varapalo para uno de los proyectos estrella del Botànic, que lo consideraba un hito en protección medioambiental frente al urbanismo depredador.

Paradójicamente, la sentencia considera que la Administración no incluyó tramitaciones necesarias como un estudio del impacto económico o del impacto de género ni una evaluación ambiental adecuada.

Entre las medidas que incluía la norma se recogía que en los terrenos situados a menos de mil metros del mar aún sin urbanizar no se podían desarrollar nuevos proyectos inmobiliarios. Además, se fijaba un plazo de cinco años para que se iniciasen los planes urbanísticos ya aprobados pero paralizados por la crisis.

La decisión judicial considera que no existe en el expediente administrativo "un estudio económico-financiero que refleje los costes de implementación del Pativel y la repercusión económica que comporta para las propiedades afectadas y para los municipios que deberán desarrollarlo, ni que prevea tampoco las posibles responsabilidades patrimoniales que para la Administración autonómica puede conllevar la desclasificación de suelo que lleva a cabo". Un estudio que señala que exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Igualmente, como segundo motivo de nulidad, los magistrados señalan que el proyecto incumple la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al no incluir un informe de evaluación del impacto por razón de género, como resulta exigible en todos los proyectos normativos, incluidos los instrumentos de ordenación urbanística.

Dicho argumento, según la sentencia, es extrapolable a la ausencia en el expediente de tramitación y aprobación del Pativel de los informes exigibles sobre el impacto que puede conllevar la actuación en materia de infancia, adolescencia y familia.

Plan verde... sin evaluación ambiental

Por último, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV entiende que es otro motivo de nulidad el hecho de que el plan no se haya sometido a una verdadera evaluación ambiental y territorial estratégica y omita las distintas alternativas posibles.

"No se analizan las consecuencias que el Pativel pueda tener para con la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad y demás factores mencionados", precisa el tribunal en su resolución, que cuenta con el voto particular de uno de los magistrados y que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, según informa el propio TSJCV.

La Generalitat recurrirá

Poco después de conocerse la sentencia, el conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, Arcadi España, aseguró que la Generalitat presentará un recurso de casación contra la sentencia y "continuará garantizando la protección del litoral" a través de una red social. El conseller consideró que el Pativel "es un buen instrumento de ordenación y protección de nuestro litoral", pese al contenido de la sentencia.

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