
Sin sorpresas en el Supremo. La sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal ha desestimado los recursos presentados -entre ellos el de la Abogacía de la Generalitat Valenciana- contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano que concluyó el pasado mes de octubre que la administración autonómica vetó de forma injustificada el proyecto de la alianza Intu-Eurofund Investment para la construcción de un macrocentro comercial y de ocio en la localidad de Paterna. Y lo que puede ser peor para las arcas valencianas: este nuevo pronunciamiento refuerza la defensa de la alianza empresarial en la causa paralela en la que reclama alrededor de 300 millones de indemnización al Ejecutivo de Ximo Puig (PSPV) y Mónica Oltra (Compromís) por haber paralizado su proyecto.
Como explicó elEconomista, además de la causa en la que el TSJCV y el Tribunal Supremo se han pronunciado a favor de Intu-Eurofund Investment -la sentencia inicial censuró que el 'no' al proyecto se sustentó en una memoria ambiental "no consistente" y con un argumento esencial que "no se ajustaba a derecho" -el de que no respetaba los necesarios márgenes con las carreteras colindantes-, sus impulsores siguen adelante con otro recurso.
Se trata, según precisan fuentes judiciales, de otro contencioso-administrativo presentado también ante la Sección Primera del TSJCV, la misma que falló a favor de la empresa. En concreto, consiste en una reclamación de responsabilidad patrimonial, cuyo importe aproximado fue confirmado la pasada legislatura por la entonces Conselleria de Vivienda y Obras Públicas, María José Salvador, a quién se le reclamaron inicialmente los alrededor de 300 millones.
El recurso se interpuso en principio frente al silencio administrativo, si bien Intu lo amplió posteriormente al producirse la resolución expresa por parte de la conselleria desestimando la solicitud de la indemnización. Y, en medio de este proceso, tuvo lugar la sentencia que anuló la denegación de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) y la memoria ambiental que permitió el rechazo de la misma en 2016 -una sentencia ahora ratificada por el Tribunal Supremo-.

Como es lógico, la empresa pondrá también sobre la mesa este último pronunciamiento, que le refuerza para acreditar el retraso que ha sufrido su proyecto y los daños y perjuicios derivados del mismo. Ahora está por ver si la sala considera que la Generalitat Valenciana ha de indemnizar a la firma y, en tal caso, qué cantidad corresponde a la mercantil por el perjuicio sufrido.
En caso de producirse una indemnización, este sería el verdadero golpe contra el Consell por el rechazo al proyecto. La situación actual, a pesar de la derrota en los tribunales, sigue siendo una victoria parcial para los detractores de la iniciativa -el grueso de Compromís- al haber supuesto un freno de al menos cuatro años en su desarrollo.
La sentencia del Tribunal Supremo agota la vía judicial en España y obliga a la Generalitat Valenciana a tramitar de nuevo el proyecto. Es decir: devuelve la iniciativa al punto en el que se encontraba en 2016, tal y como adelantó este jueves el diario Levante-EMV. Preguntadas al respecto, fuentes de la conselleria de Obras Públicas (PSPV) confirmaron que, en efecto, le toca ahora al área de Medio Ambiente (Compromís) retomar el trámite de la iniciativa, al tiempo que daban por agotada la vía judicial.