Banca y finanzas

La banca reclama a las empresas que pidan el certificado para operar en bolsa

  • Deberán tener un identificador antes de enero para poder gestionar valores

La banca da la voz de alarma ante el posible atasco que se puede dar a partir del próximo mes de enero en las operaciones que realicen las empresas en el mercado de valores. La Directiva europea sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID, en sus siglas en inglés) establece que las entidades jurídicas, es decir, empresas, asociaciones o fundaciones, deben tener un código identificativo para poder realizar cualquier operación en bolsa a partir de 2018. De lo contrario, los intermediarios financieros estarán obligados a negarse a realizar cualquier gestión solicitada por una compañía, como, por ejemplo, vender unas acciones e incluso cobrar un dividendo.

Este código recibe el nombre de LEI, que son las siglas en inglés de Identificador de Entidad Jurídica. Se trata de un número de 20 caracteres que se le asignará a la compañía, asociación o fundación que lo solicite durante el tiempo que tenga actividad y las identificará unívocamente a nivel mundial. Para solicitarlo, la entidad debe acudir ya al Registro Mercantil español, que además ya ha habilitado una página web para hacer el proceso de forma telemática.

Coste y tiempo del proceso

El coste del código es de 100 euros más IVA el primer año (es decir, 121 euros), y 50 euros en los respectivos años posteriores para mantenerlo. Fuentes del sector financiero intuyen que el precio para adquirir el identificador puede echar del mercado a pequeños accionistas, e incluso llevarles a abandonar su inversión, porque no le merezca la pena asumir el coste para la obtención del código frente al valor de las acciones que posean. Por otro lado, el periodo de tiempo que tarda el Colegio de Registradores de España en dispensar el identificador no sobrepasa las 48 horas.

Sin embargo la Asociación Española de Banca (AEB) teme que, a principios del próximo año, con la entrada en funcionamiento de la nueva regulación europea, se produzca un aluvión de peticiones que dificulten el funcionamiento del sistema.

Las entidades calculan que en España hay en torno a 300.000 entidades jurídicas que deben pedir el identificador. Los bancos enviaron a los clientes el pasado mes de junio información sobre el LEI para avisarles de la necesidad de solicitarlo. Sin embargo, y según los datos aportados por la AEB, tan solo el 10% de estos 300.000 clientes han solicitado ya el código. Ante el bajo número de respuestas, los distintos bancos volverán a avisar a sus clientes entre finales de este mes y principios del siguiente de la necesidad de obtener el identificador si quieren gestionar sus valores a partir del año que viene.

La realidad es que no existe en la actualidad ninguna norma que obligue a las empresas a obtener el LEI, aunque sin embargo sin éste no podrán realizar ninguna operación en el mercado de valores.

Las entidades españolas no son las únicas de la Unión Europea que están rezagadas en la solicitud del código identificador. Actualmente, la media de las compañías europeas que operan con valores mantienen los niveles de España en cuanto a la obtención del identificador.

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