
La Sección Tercera de la Sala de los Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado procesar al exgobernador del Banco de España (BdE), Miguel Ángel Fernández Ordóñez, y al expresidente de la Comisión Nacional de Valores (CNMV), Julio Segura, por permitir la salida a bolsa de Bankia. Los jueces confirman la responsabilidad penal de Ángel Acebes y Javier López Madrid.
El tribunal de la sala tenía que decidir hoy sobre el recurso de la acusación popular de procesar a la excúpula del Banco de España y la CNMV por su responsabilidad en la salida a bolsa de Bankia. Tanto Miguel Ángel Fernández Ordóñez como Julio Segura, y otros ocho antiguos directivos de los reguladores quedan exculpados de la causa, según ha avanzado la Cadena Ser.
La misma sala en febrero dictó la imputación de los responsables de los dos supervisores al indicar existían "indicios múltiples, bastantes y concurrentes de criminalidad" respecto a los responsables de ambos supervisores "en cuanto garantes e indicativos de la corresponsabilidad de ambos en los hechos investigados" en este procedimiento.
El resto de directivos exculpados del Banco de España son Mariano Herrera García-Cantauri, Pedro Comín y Pedro González, así como subgobernador del Banco de España Javier Aríztegui, junto al anterior director general de Supervisión, jubilado, Jerónimo Martínez Tello. También se libra del banquillo Fernando Restoy, exvicepresidente de la CNMV y subgobernador del Banco de España.
El recurso fue presentado el pasado mes de mayo por la Comisión Intersindical de Crédito (CIC) y por la Confederación General del Trabajo, (CGT), ambas personadas como acusación popular, quienes atribuyen a varios directivos de la CNMV y del Banco de España responsabilidad en la comisión de los hechos investigados. Solicitaba que la Sala rectificara en este punto al instructor del caso, que pese a tomar declaración a los directivos no encontró indicios para procesarlos.
Argumentos de la Sala
El Tribunal acoge la ausencia de implicación de esta entidad en tanto que la institución "no dio una carta blanca para cargar las pérdidas contra reservas, en términos de colaboración o acto de auxilio, la autorizaba en la medida que fuera justificada en buena forma".
En el mismo sentido, el Tribunal también exonera de responsabilidad penal a Segura y Restoy responsables de la CNMV en su momento, porque aun considerando que las cuentas eran mendaces, según argumenta el auto, "la pretendida ausencia de diligencia por los máximos responsables de la entidad también se predica su atipicidad penal pues la ley penal no castiga la ausencia de actividad de la autoridad económica, que hubiera integrado la omisión de decisiones dando lugar a impedir la salida a Bolsa".
Uno de los jueces se opone
El auto contiene un voto particular en contra de la magistrada Clara Bayarri de exculpar a los reguladores. "Existen indicios múltiples, concurrentes y razonables de criminalidad que permiten inferir que los máximos dirigentes del Banco de España y la CNMV avalaron y propiciaron con pleno conocimiento la falsedad contable más que detectada previamente a la salida a Bolsa de Bankia, a sabiendas del grave perjuicio que con ello se iba a causar a los inversionistas, que era evidente iban a ser minoritarios, en estafa de inversores", sostiene Bayarri.
Responsabilidad penal para Deloitte
La Sala acuerda extender la responsabilidad penal Deloitte al entender que no tiene acogida esa autonomía profesional entre Francisco Celma y Deloitte, "socio y sociedad constituyen la misma unidad jurídica, de modo que la firma cuenta con un Control de Calidad Interno, y un Manual de Cumplimiento Normativo que comprende Políticas generales para todas las líneas de servicio, y se alega que existen Políticas de nivel 2 para la línea de auditoría" un planteamiento teórico, según añade el tribunal, que por el momento no justifica la exoneración de la responsabilidad penal.
"Resulta difícil afirmar sin cuestionamiento que la sociedad fiscalizó adecuadamente las sucesivas auditorías siendo que al tiempo se producía un beneficio para la entidad; es por ello que debe continuar vigente la acción penal y deslindar en otro momento procesal, si se han adoptado todas las políticas de prevención de riesgos penales para la exención de responsabilidad crimina", expresa el auto. La Sala añade, que el beneficio para Deloitte "pudiera haber radicado en el mantenimiento a todo trance de la relación contractual entre la auditadas y Deloitte SL".
Recursos de Rato y Acebes
La Sala ha rechazado los recursos presentados por los procesados que tendrán que someterse a juicio, entre ellos el expresidente de Bankia Rodrigo Rato y el también exministro popular Ángel Acebes, que fue consejero del BFA entre julio de 2011 y abril de 2012. Mantiene a Deloitte como responsable civil.
Ya en la fase de instrucción del caso la imputación de la cúpula de los reguladores ha generado controversia. Desde el inicio, la acusación popular ha intentado que fueran investigados la alta dirección de los organismos. El juez Fernando Andreu rechazó en varias ocasiones los recursos de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) al considerar que la responsabilidad de la salida a bolsa era de la directiva del banco.