
El litigio judicial abierto por el colapso del Popular en 2017 presentaba, en origen, dos procesos abiertos en la Audiencia Nacional por las ampliaciones de capital acometidas por el banco en 2012 y 2016, con derivadas contradictorias. El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama propuso el lunes juzgar al expresidente del banco, Ángel Ron, a otros 12 directivos y a la consultora PwC por delitos de estafa y falsedad contable en la ampliación de capital de 2016, archivando al tiempo la causa por falta de indicios para Emilio Saracho y 20 investigados más. Apenas dos días después, el 6 de marzo, el juez Santiago Pedraz ha vuelto a decretar el archivo de la causa por la ampliación de 2012 con un respaldo de facto a las tesis de la defensa de Ángel Ron y de la propia Fiscalía. En ambos casos lo que se destila es si hubo o no gestión delictiva.
Quien fuera presidente del Popular entre 2006 y 2017 ha recurrido, precisamente, el procesamiento por presunta estafa en la ampliación de capital de 2016 asegurando que la investigación de la Audiencia Nacional ha puesto de manifiesto "la ausencia de todo indicio de actuación delictiva" en su gestión frente a la imputación de potenciales delitos de estafa a inversores y falsedad contable. Afea al tribunal llegar a la conclusión por obviar las pruebas presentadas y no considerar que las cuentas del banco estaban auditadas y su gestión sometida a supervisión.
"La tesis incriminatoria asentada por el Juzgado es el resultado de prescindir de la abundante prueba de descargo, señaladamente la prueba de peritos, incluso de los judiciales, elaborada por funcionarios del Banco de España", argumenta su defensa frente a la tesis de Calama de que los inversores fueron a la ampliación "engañados" porque las cuentas de 2015 "no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio".
Los letrados de Ron esgrimen que "deben ser tenidas en cuenta" la "actuación de las entidades de supervisión, como el Banco de España, Banco Central Europeo, el FROB, y la CNMV" en el proceso. "Más allá de consideraciones basadas en posiciones y percepciones subjetivas, su actuación en el ejercicio de aquellas potestades (incluida la sancionadora) no puede ser cuestionada", agrega el auto recogido por Europa Press.
"Si se alcanzasen conclusiones prescindiendo de la existencia de esta actuación de supervisión se correría el riesgo de ignorar el juego de las garantías establecidas e imperantes" en el sistema jurídico y financiero "sustituyéndolas por juicios valorativos que habrían de ser considerados cuanto menos, incompletos o parciales", reprueba.
El recurso se conoció ayer al tiempo que el auto del juez Pedraz, que vuelve a archivar el caso del Popular abierto sobre la ampliación de 2012 con la explicación de que no ha resultado "debidamente justificada la perpetración de delito alguno". Pedraz había decretado su sobreseimiento en noviembre y se reabrió por instancia de la Sala de lo Penal para que citase a dos peritos del Banco de España que juzgaron la ampliación de 2012 como"una buena inversión con independencia de la rentabilidad que obtuviera cada uno de los accionistas".
El juez Pedraz estima en su escrito que "no se deduce la existencia de una manipulación de la situación contable y económica" del Popular para dar una imagen favorable en la ampliación, respaldando la tesis del exbanquero y de la Fiscalía Anticorrupción, que consideró que la ampliación de 2012 "se efectuó conforme a la legislación vigente y siendo sometida a los controles pertinentes".
2.500 millones
Son los fondos que levantó el banco con la ampliación de 2016 para elevar la cobertura de los créditos morosos y sanear un balance cargado de ladrillo. El juez Calama sostiene que se lanzó con unos estados financieros de 2015 que "no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio". La defensa de Ron negó tal extremo y recordó que él mismo y otros consejeros invirtieron 500 millones en la operación.