Aragón

El Gobierno de Aragón recurrirá ante el Supremo la denegación del toque de queda en cuatro ciudades

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El Gobierno de Aragón planteará ante el Tribunal Supremo (TS) un recurso de casación ante la denegación este lunes por parte del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) de la autorización judicial del toque de queda para los municipios de Jaca, Huesca, Monzón y Barbastro, que solicitó el Departamento de Sanidad el viernes pasado tras presentar una incidencia acumulada de casos positivos de coronavirus por encima de la media aragonesa, situada en 448 casos por 100.000 habitantes en una semana.

El Ejecutivo autonómico ha señalado que, como siempre, respeta la decisión judicial, si bien la considera "inadecuada" en la lucha contra la pandemia en la actualidad. Además, ha reiterado que cualquier otra medida podría ser "menos efectiva y mucho más perjudicial" para la actividad económica.

Desde el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón se ha insistido en que la limitación de movilidad en horario nocturno -- de 01.00 a 06.00 horas-- en los cuatro municipios altoaragoneses afectados es una medida "necesaria y proporcionada" en el contexto actual y que la misma cuenta, además, con el respaldo de las respectivas autoridades municipales, primeros interesados en la protección de la salud de los vecinos y de todos los aragoneses, y del Ministerio de Sanidad.

En esta ocasión, existe un voto particular en el que uno de los tres magistrados entiende que el tribunal sí que debía resolver y autorizar la medida solicitada, a la vista de las alegaciones y del completo informe epidemiológico presentado, así como atendiendo igualmente al informe favorable de la Fiscalía.

Responsabilidad

Ante esta situación, se ha solicitado a los alcaldes que hagan una llamada a la responsabilidad individual y colectiva de los vecinos y se ha reiterado la petición a la Delegación del Gobierno para que se extreme la vigilancia por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad para el cumplimiento de las normas dictadas por la autoridad sanitaria.

El Gobierno de Aragón ha concluido al señalar que, tal y como apuntan fuentes expertas, y constatan las investigaciones científicas, cada día que se pierde en la adopción de medidas repercute negativamente en términos de contagios y de hospitalizaciones.

Negativa reiterada

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha acordado denegar el toque de queda --desde las 01.00 hasta las 06.00 horas-- en las ciudades de Huesca, Jaca, Barbastro y Monzón, solicitado por el Gobierno de Aragón ante la incidencia acumulada por encima de la media aragonesa, situada en 448 casos por 100.000 habitantes en una semana.

El TSJA ha argumentado su negativa al alegar que "entre tanto el Tribunal Constitucional no resuelva la cuestión de inconstitucionalidad 6283/2021, admitida por providencia de 16 de febrero de 2021" tal y como ya expresaron en el auto dictado el pasado viernes 23 de julio referido a este mismo procedimiento.

El auto, hecho público este 26 de julio, cuenta con el voto particular del magistrado Eugenio Esteras Iguacel quien expresa que "la solicitud deducida por el Gobierno de Aragón debió ser aprobada y autorizada en los términos en que se produce".

Después del auto dictado por la Sala Contencioso Administrativo, hecho público el pasado viernes, el Ejecutivo autonómico volvió a presentar un nuevo escrito solicitando la autorización de las restricciones de movilidad en los citados cuatro municipios oscenses.

Después de estudiar la propuesta formulada por la Administración autonómica, los magistrados de la Sala han concluido que las dudas que tenía la sala sobre el artículo 10.8 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa siguen manteniéndose y "al propio tiempo nos impide adoptar cautelarmente medida ninguna" al estar pendientes de lo que decida el Tribunal Constitucional sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada en su día.

En definitiva, ha concluido, "el artículo 38.3 de la LOTC nos impide ahora, como lo hace en el procedimiento en que planteamos idéntica cuestión, resolver sobre la autorización que se solicitad".

Los magistrados, en su parte dispositiva, han aclarado que ante esta resolución cabe recurso de casación y determinan que la presente resolución sea puesta en conocimiento del Tribunal Constitucional, con remisión de testimonio del presente auto, a los efectos que procedan.

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