Aragón

Las empresas ya pueden solicitar las ayudas para modernizar sus negocios del Ayuntamiento de Calatayud

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El Ayuntamiento bilbilitano ha convocado las ayudas a la mejora y modernización de la actividad industrial, comercial, de servicios y agricultura para el 2021 con el fin de apoyar a los negocios locales que realicen este tipo de inversiones.

"Una de las principales novedades de las ayudas que ofrecemos este año es el incremento, hasta los 55.000 euros, de la partida destinada al comercio, con el fin de apoyar al sector ante un panorama complejo generado por la pandemia", explica la concejal de Desarrollo Económico y Comercio, Mar López.

La subvención cuenta con dos líneas, una para comercios ubicados dentro del casco histórico y otra para los que se encuentran fuera del casco, aunque todos ellos tienen que estar en el término municipal de la ciudad.

En concreto, el programa apoyará inversiones realizadas entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021. De este modo, los propietarios de negocios ubicados dentro del casco histórico podrán recibir hasta un máximo del 40% de la inversión, siempre y cuando no supere los 2.500 euros; mientras que la actividad empresarial localizada fuera del casco podrá recibir hasta 3.000 euros, con un máximo del 50% de la inversión.

El Ayuntamiento valorará bajo criterios homogéneos y objetivos las solicitudes recibidas, basándose en los criterios especificados por las bases técnicas. Toda la información sobre estas ayudas, documentación y forma de presentación puede encontrarse en la sede electrónica: sede.calatayud.es

Conceptos subvencionables

Los negocios ubicados fuera del casco urbano podrán presentar inversiones por gastos de protección del nombre comercial, patentes y marcas; acondicionamiento de locales, oficinas y naves e instalaciones técnicas ligadas a la actividad de la empresa, siempre que cuenten con las correspondientes licencias, permisos o autorizaciones, o adquisición justificada de maquinaria (se excluye el utillaje) destinada a la optimización del proceso productivo.

También se podrán solicitar para vehículos industriales y comerciales destinados a la actividad empresarial, entendiéndose como tales aquellos cuyo código de clasificación consignado en su ficha técnica no comience por los dígitos 03, 04, 05, 06, 10, 31, 32, 33, 51 y 66, así como para aplicaciones, herramientas e instrumentos tecnológicos para la modernización y optimización de la actividad y gestión productiva y administrativa de la empresa.

La convocatoria también está abierta para las páginas web y aplicaciones destinadas al comercio electrónico y las inversiones en explotaciones agrarias.

Por su parte, los negocios ubicados en el casco urbano podrán justificar las obras de adecuación interior de los locales comerciales que afecten al acondicionamiento, a distribución de la superficie comercial o a la mejora de la imagen del local, que cuenten con las correspondientes licencias, permisos o autorizaciones.

Igualmente, se pueden solicitar por la remodelación y reforma de la fachada y escaparates del establecimiento; las reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas y mejora en general de la accesibilidad a los locales, y la adquisición e instalación de medidas de seguridad, así como por la instalación técnica de sistemas de ahorro energético (aislamientos, mejora de calderas, acumulación de frío..), que cuenten con las correspondientes autorizaciones o permisos.

La convocatoria también está abierta a los vehículos industriales y comerciales destinados a la actividad empresarial, entendiéndose como tales aquellos cuyo código de clasificación consignado en su ficha técnica no comience por los dígitos 03, 04, 05, 06, 10, 31, 32, 33, 51 y 66.

Otros supuestos que pueden acogerse a estas ayudas son la adquisición de maquinaria relativa a la actividad comercial, debiendo adjuntar una memoria explicativa de sus funciones y características; el mobiliario y equipamiento comercial específico (se excluyen los elementos decorativos); los rótulos, toldos, puertas, iluminación, otras estructuras o cerramientos autorizados y/o cualquier otro elemento visible desde el exterior que influya en la mejora estética del establecimiento, y los equipos informáticos y software y programas de gestión y compraventa a través de la red.

No obstante, quedan excluidos, además de los gastos previstos en la legislación general de subvenciones, todos aquellos relacionados con los gastos derivados del arrendamiento financiero o leasing; los gastos realizados en la compra de bienes destinados a su venta y la adquisición de naves, locales y terrenos.

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