
La incapacidad permanente, como bien todos sabemos, es una situación laboral en la que a un trabajador le corresponde una pensión a causa de que se haya visto disminuida su capacidad laboral por las limitaciones anatómicas o funcionales que haya sufrido.
Grados de incapacidad permanente
Su reconocimiento se lleva a cabo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Existen los siguientes grados de incapacidad permanente que darán derecho a diferentes prestaciones:
- Incapacidad permanente en grado de parcial.
- Incapacidad permanente en grado de total.
- Incapacidad permanente en grado de absoluta.
- Incapacidad permanente en grado de gran invalidez.
Para determinar el grado de incapacidad permanente que le corresponde a un trabajador, se valoran las secuelas que le quedan en relación a su profesión habitual. O lo que es lo mismo, las tareas de su categoría profesional y la limitación que le afecta en su trabajo.
Requisitos
Ante este panorama, conviene señalar que es obligatorio cumplir con una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
- Afiliación a la Seguridad Social. Es esencial que el solicitante se encuentre dado de alta en el sistema de la Seguridad Social o tenga un cierto tiempo de cotización antes de esto.
- Acreditación médica. Deberá contar con un diagnóstico médico que certifique la existencia de una enfermedad o lesión que provoque la incapacidad permanente.
- Cotización. Teniendo en cuenta el grado de incapacidad, así como la edad del solicitante, se determina un periodo mínimo de cotización con el que tendrá que cumplir el interesado.
- Grado de incapacidad. Se tendrá que determinar el grado de incapacidad (parcial, total...), ya que va a influir de modo directo en las prestaciones o tipo de pensión que podrá recibir el solicitante.
Paso a paso
En caso de cumplir con lo mencionado anteriormente, la persona interesada deberá solicitar una evaluación médica a la Seguridad Social, para lo que tendrá que acudir a un centro especializado. En este, casi con total seguridad, será sometido a una prueba médica y una revisión completa.
Una vez sometido al examen médico, tendrá que presentar la solicitud en la Seguridad Social (puede realizarse de forma presencial como telemática). Ahora bien, habrá que aportar el certificado de los resultados de la evaluación médica, todo el formulario oficial de la solicitud y la cotización.
Tras realizar esto, se iniciará la fase de evaluación y resolución del expediente. Más tarde, los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberán dictaminar si la petición es aceptada o, por el contrario no. Si existen dudas, podría darse el caso de que haya que pasar por el tribunal médico.