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Las 15 "tomaduras de pelo" que podemos encontrar durante las rebajas de enero: algunas son ilegales

Un anuncio de rebajas en un escaparate, a 5 de enero de 2025, en Madrid. / Jesús Hellín (Europa Press)

Una vez concluida la Navidad y pasado el Día de Reyes, es turno para las rebajas de enero. Y aunque tradicionalmente el pistoletazo de salida se producía el 7 de enero, los distintos establecimientos que quieran adherirse a la promoción las irán anunciando conforme avancen los días.

Este periodo es una de las grandes citas anuales para el comercio. En él, los establecimientos tratan de desprenderse de determinados productos, colocándolos en sus estantes a precios inusualmente bajos. Sin embargo, este reclamo suele ser, al igual que sucede en otros acontecimientos como el Black Friday o las rebajas de verano, el contexto ideal para que algunas tiendas traten de aprovecharse de los clientes con prácticas deshonestas o ilegales.

Para evitar posibles estafas, fraudes o ilegalidades, la organización Facua-Consumidores en Acción ha recopilado un listado con las 15 "tomaduras de pelo" que pueden sufrir los consumidores en rebajas. "Casi todas ellas son prácticas ilegales ante las que se puede reclamar e interponer denuncias en las autoridades de protección de consumidores ya que pueden ser objeto de sanciones", explica la organización.

  1. Para que una tienda pueda colocar carteles de rebajas, la ley plantea como requisito que al menos la mitad de los artículos a la venta tengan descuentos.
  2. Dado que las autoridades suelen realizar muy pocas inspecciones, y que estas se suelen concentrar en los primeros días, algunos establecimientos alargarán el periodo de rebajas durante meses, aunque únicamente oferten unos pocos productos.
  3. El establecimiento debe indicar a los clientes, en caso de que lo soliciten, dónde se encuentran los productos rebajados al entrar en la tienda.
  4. Si a la entrada del comercio hay un cartel con los logotipos de Visa, Mastercard, American Express, etc. deben admitir el pago con tarjeta para adquirir cualquier producto y no hacer discriminación entre ellos.
  5. Aunque nunca se suelen anunciar multas por ello, no se debería permitir colocar anuncios con rebajas muy altas (por ejemplo, del 70%) si estas únicamente atañen a unos pocos productos del total.
  6. Del mismo modo, tampoco se puede anunciar este tipo de rebajas y que, una vez dentro, estas no existan, bajo el pretexto de que en algún momento del periodo de rebajas sí que existieron.
  7. Los establecimientos deben permitir la devolución del producto independientemente de que estuviera o no rebajado.
  8. Si devolvemos un producto comprado antes de Navidades y acto seguido queremos comprarlo rebajado, puede que te adviertan que el precio será el de antes de rebajas. Según Facua, esta letra pequeña no debe consentirse.
  9. Ante una devolución de un producto con un defecto, no tenemos que conformarnos con un vale de compra, sino que podemos exigir el dinero.
  10. Una práctica extendida y hasta ahora no penalizada consiste en mezclar los productos rebajados junto a otros no rebajados, de tal manera que el cliente crea que la rebaja se extiende a todos los que están en una misma zona.
  11. Si detectamos que un artículo ha subido de precio justo antes de comenzar el periodo de rebajas para que el establecimiento justifique el posterior descuento, debemos saber que, por ley, el precio antiguo debe aparecer junto al rebajado. Además, el nuevo precio debe ser el más bajo de todos los que aparezcan en la etiqueta de los últimos 30 días.
  12. Aunque no es ilegal, puede que en algunos artículos encontremos un descuento mínimo, de, por ejemplo, cinco céntimos, por lo que es conveniente fijarse bien en todo lo que implica el descuento, más allá de que aparezca la palabra "rebajas".
  13. Si compramos un artículo rebajado y detectamos sin que la tienda lo haya avisado previamente que está defectuoso o incompleto, el establecimiento debe admitir su sustitución, su arreglo o, en última instancia, su devolución.
  14. Independientemente de si está rebajado o no, el plazo de garantía de un electrodoméstico es de tres años (y no de un año, como sucede en los productos de segunda mano).
  15. Si al comprar un dispositivo electrónico contiene un cd dentro, significará que el producto ha sido usado y devuelto por el anterior comprador.
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