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Loterías paga el 8% de los grandes premios sin exigir la documentación antiblanqueo

El 7,84% de los premios de más de 2.000 euros abonados por Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) a través de la banca entre los años 2019 y 2022 se pagó sin contar con la documentación necesaria para evitar el blanqueo de capitales. Son 15.852 premios por un importe de 758,9 millones de euros, el 8,18% de la cantidad total abonada.

Tras fiscalizar los mecanismos de control en la gestión de los premios durante ese periodo, el Tribunal de Cuentas (TCU) alerta de que hay, en concreto, 11.639 expedientes de pago sin documentación alguna, en los que "ni siquiera figura el resguardo físico del boleto premiado o una prueba similar del derecho al cobro del premio" y otros 4.213 en los que falta parte de las garantías exigidas. El Tribunal concluye por ello que "hay un nivel muy importante de incumplimiento" a la hora de acreditar convenientemente el derecho a cobro, dejando así la puerta abierta a la comisión de posibles delitos.

El pago de premios iguales o superiores a 2.000 euros se tiene que llevar a cabo en los bancos con los que hay suscrito un contrato de tesorería para la gestión de los mismos. Según recuerda el Tribunal en su informe, el abono no se puede hacer efectivo "sin recabar de los perceptores la documentación e información que sea precisa para dar cumplimiento a la normativa de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, la normativa fiscal y otras".

De este modo, para que Loterías y Apuestas del Estado admita como válidos los pagos es inexcusable la presentación de toda la documentación necesaria, pudiéndose rechazar los mismos y exigir la retrocesión de los cargos bancarios en el caso de que no sea así.

Obligaciones

Entre otras cosas, las entidades financieras tienen la obligación de verificar las listas de personas y entidades sujetas a sanciones debiendo, en caso de coincidencia, bloquear el pago del premio. Asimismo, deben enviar de forma electrónica a Loterías los movimientos habidos en las cuentas y los datos necesarios para cumplir con las obligaciones tributarias y de prevención antiblanqueo. Y, del mismo modo, mensualmente deben remitir en formato físico los décimos y boletos de todos los premios mayores pagados, acompañados de un listado. En caso de que se detecte que la documentación está incorrecta o incompleta, Loterías debe reclamar a la entidad que solvente los incumplimientos, manteniéndose abierto el expediente hasta que se facilite toda la documentación.

Aunque el Tribunal concluye en su informe que la SELAE "cuenta con un modelo de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo completo y efectivo, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente", pone también de manifiesto ante todas estas circunstancias la necesidad de adoptar una serie de medidas.

Incumplimientos

Tras advertir que "no consta" que las entidades financieras estén cumpliendo con las "obligaciones establecidas" respecto a la normativa que regula la prevención de blanqueo de capitales y afirmar que la SELAE "no está exigiendo" el cumplimiento de las mismas, insta a la empresa pública a ejercer todas las acciones que sean necesarias para revertir esta situación ante el incumplimiento de los contratos. Y es que, según dice, "la operadora de loterías es la titular de los fondos económicos con los que se abonan tales premios y la última responsable de la justificación de todos los pagos que se ejecuten".

De momento, según el Tribunal, ni siquiera se está aplicando, "al menos con la intensidad que sería exigible, la facultad de requerir la retrocesión de los cargos bancarios no soportados por la documentación exigida en los contratos".

La entrega de la documentación y el cumplimiento de la normativa antiblanqueo es especialmente importante por la existencia de un alto nivel de riesgo en el sector del juego. De hecho, tan solo en 2022 se reportaron 3.481 alertas y hubo 32 comunicaciones al Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales del Banco de España (Sepblac) por operaciones que podrían estar vinculadas al blanqueo o a la financiación del terrorismo.

Una actuación "especialmente grave" de SELAE

El Tribunal ha detectado en los 15.852 expedientes de pagos sin documentación un hecho "especialmente grave", que pone de manifiesto la necesidad de adoptar medidas más concretas. Se trata de un premio superior a los 400.000 euros que un individuo cobró, pese a que en un primer momento una entidad bancaria se negó a ejecutar tal pago por poseer datos sobre los antecedentes de éste de delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes e, incluso, reportó esta incidencia a Loterías apenas días después. La SELAE pudo haber remitido tal información al resto de entes bancarios, así como al Sepblac, pero lo hizo una semana después de que se ejecutara el cobro del premio. Ya era demasiado tarde.

Falta de información

Para llevar a cabo su fiscalización, el Tribunal de Cuentas solicitó a Loterías el listado de todos los expedientes abiertos por incidencias en los pagos, pero la SELAE únicamente facilitó los datos de los últimos siete años, sin enviar la información correspondiente al periodo 2013-2015, alegando que no disponía de los mismos, pese a estar obligada a conservar esta información durante una década, según recoge la legislación vigente.

Fuentes oficiales de Loterías consultadas por elEconomista.es aseguraron ayer que, pese a todo ello, "lo importante es la conclusión y el informe concluye que el diseño del sistema de prevención de blanqueo definido por SELAE es, en líneas generales, adecuado", admitiendo también, no obstante, que "siempre las auditorías sirven para identificar márgenes de mejora e ir avanzando de forma continuada".

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