
Son muchas la situaciones en la vida que pueden llevar a una encrucijada financiera y económica, algo complicado e inasumible, como es el caso de una pensionista de Madrid que, tras la muerte de su marido, vio mermada su capacidad de ingreso y ahorro y, por tanto, acabó acumulando una deuda de casi 50.000 euros de la que, ahora, ha sido exonerada.
De hecho, el Juzgado de lo Mercantil Nº15 de Madrid ha sido el encargado de dictar la sentencia que permite la libertad financiera de la madrileña protagonista de esta historia, cuya pensión no le daba para abonar la cuota mensual de los 50.000 euros que llegó a acumular, algo que, incluso, tuvo consecuencias en su salud. Finalmente, los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento han logrado exonerar todas sus deudas aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.
Una deuda insostenible
A raíz del fallecimiento de su marido, pasando así a ingresar menor cantidad de dinero mensualmente, la situación de esta madrileña se descontroló. Ella sola no podía con todo y la pensión por viudedad no generaba grandes ayudas para afrontar lo que debía.
La madrileña recibió llamadas de recobro y amenazas de embargo
En cuanto la interesada incurrió en impagos los acreedores no tardaron en comenzar a acosarla. Continuas llamadas de recobro y amenazas de embargo provocaron que incluso su estado de salud empeorara. Además, contaba con un 33% de una vivienda heredada que estaba amenazada de embargo.
Fue entonces a finales de 2022 cuando tuvo que buscar solución y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. La asociación está compuesta por abogados especialistas en la llamada 'Ley de segunda oportunidad'. Fueron estos letrados los que comprobaron que la interesada cumplía todos los requisitos para declararse insolvente.
Así ha conseguido evitar el pago de su deuda
El inicio del procedimiento trajo buenas noticias de forma inmediata. Se comunicó al Juzgado que la deudora no tenía forma de pagar todo lo que debía y comenzó un periodo de negociación "preconcursal". Esto la eximió de pagar a todos los acreedores durante unos meses, con el consecuente respiro económico y ahorro que supone.
Tras esto, se presenta en el juzgado la demanda del concurso con todos los datos importantes de la situación de la deudora: ingresos, bienes en propiedad, estado civil, deudas, origen de los préstamos…
Admitida por el juzgado, daba inicio a la fase judicial donde se solicitaría el perdón de todas las deudas acreditando el cumplimiento de todo los requisitos que marca la Ley para poder beneficiarte.
En este punto, se logró evitar la liquidación del único patrimonio que tenía la deudora: "Teniendo en cuenta que tan solo tiene un 33% de la propiedad y el que lo compre no puede utilizarlo, es inútil abrir periodo de liquidación para subastarlo", detalla Pepe Domínguez, abogado de la Asociación.
Una vez comprobados los requisitos, se dictó la resolución definitiva concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de pagar 48.173,28 euros. Con esta sentencia los acreedores de la concursada -entre ellos algunos como Caixabank o Sabadell- no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a la ya ex-deudora.
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