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El PSOE y el PP sacan adelante su proyecto para la reforma del Poder Judicial entre las críticas de los socios de Gobierno y la oposición

  • Solo Ábalos y CC se suman socialistas y populares para apoyar el texto
  • Votos en contra de Vox, Junts y Podemos; Sumar, PNV y UPN se abstienen
  • La reforma regula el CGPJ, las puertas giratorias y los nombramientos
Foto: EP.

El Congreso de los Diputados ha aprobado la toma en consideración de la reforma del Poder Judicial acordada por PSOE y PP y que conllevará la renovación del Consejo General del Poder Judicial después de cinco años de mandato caducado.

La propuesta solo ha contado con los 258 votos a favor de PSOE, PP, Coalición Canaria y José Luis Ábalos, que mantiene su acta de diputado. Sumar ha escenificado su rechazo al proyecto de su socio de coalición con una abstención que ya había sido anunciada de forma previa.

Junto a Sumar, se han abstenido el PNV y UPN para sumar un total de 43 abstenciones. El texto ha recibido 43 'noes' de Vox, Podemos, Junts y Gabriel Rufián. El portavoz de ERC habría votado por error, dado que su partido, Bildu y BNG se han negado a participar en la votación.

Esta reforma se ha aprobado mediante el procedimiento de urgencia para acelerar los procesos. Esto quiere decir que se debatirá en tres sesiones plenarias en el Congreso para, a continuación, llevarla al Senado para su aprobación inmediata. Se estima que eso pueda suceder el 24 de julio, antes del receso estival de las cámaras.

En qué consiste la reforma

Objetivar nombramientos

La proposición de ley, recogida por Europa Press, consta de dos artículos, una disposición adicional, una transitoria y una final. El artículo uno tiene trece apartados que, entre otras cuestiones, afectan a los requisitos para el nombramiento de magistrados en las Salas del Tribunal Supremo y a los servicios especiales y las excedencias voluntarias de jueces y magistrados.

Con idea de objetivar los nombramientos, la reforma incrementará de 15 a 20 años el tiempo que deben haber cumplido los miembros de la carrera judicial para poder ser nombrados magistrados del Supremo.

Además, establecerá una mayoría de tres quintos de los vocales del CGPJ para nombrar presidentes de las Audiencias Provinciales y al magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como su sustituto.

También prevé la creación de una Comisión de Calificación en el CGPJ, que estaría integrada por cinco vocales y que deberá informar sobre todos los nombramientos que sean competencia del Pleno, con el fin de garantizar una valoración objetiva de las candidaturas presentadas. La ley contempla que el Pleno pueda crear "otras comisiones", pero igualmente por mayoría de tres quintos.

Puertas giratorias

Además, la reforma plantea una serie de cuestiones para evitar las denominadas 'puertas giratorias'. Así, los jueces que se presenten como candidatos al Parlamento Europeo, Congreso, Senado, Asambleas legislativas autonómicas o una Alcaldía, y los que hayan sido elegidos para estos puestos u ocupen un cargo público con rango superior a director general, serán declarados en situación de excedencia voluntaria y desde ahí "no podrán reingresar al servicio activo hasta dos años después del cese en el cargo que motivó la excedencia voluntaria".

En cuanto a los jueces que sean nombrados para un cargo político de confianza con rango de director general o inferior deberán ser declarados en la situación de "servicios especiales".

Respecto del CGPJ, se introduce un "régimen de incompatibilidades" para poder ser designado como vocal por el cupo de juristas de reconocida competencia. Así, "no podrán ser elegidos quienes, en los cinco años anteriores, bien hayan sido titulares de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía, o bien hayan ocupado cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, el Congreso, el Senado o las Asambleas legislativas autonómicas.

Además, los candidatos a esas ocho plazas de juristas habrán de comparecer previamente ante la comisión de nombramientos de la Cámara correspondiente y presentar una memoria de méritos y objetivos.

Incompatibilidades del Fiscal General

El artículo dos de la proposición de ley se centra en modificar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y, además de los requisitos profesionales que ya existen para ocupar el puesto de fiscal general, establece un nuevo régimen de incompatibilidades para acceder al cargo.

En este sentido, "no podrá ser propuesto quien, en los cinco años anteriores, bien haya sido nombrado titular de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía o haya tenido la condición de eurodiputado, diputado o senador, o miembro de una asamblea legislativa de una comunidad autónoma".

La nueva redacción determina que el fiscal general del Estado "deberá abstenerse de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los jueces y magistrados en la Ley del Poder Judicial (LOPJ)".

Asimismo, las partes intervinientes en los referidos pleitos o causas podrán acudir al superior jerárquico del fiscal de que se trate interesando que, en los referidos supuestos, se ordene su no intervención en el proceso. Cuando se trate del propio fiscal general del Estado, las partes intervinientes podrán dirigirse al teniente fiscal del Tribunal Supremo y la decisión la tomará la Junta de Fiscales de Sala.

Mandato al nuevo CGPJ

Por último, la reforma incluye una disposición adicional ordenando al nuevo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que se prevé nombrar este mes julio, que en el plazo de seis meses redacte un informe analizando los distintos sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español e incluyendo una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales del cupo de jueces y magistrados.

Las sugerencias del CGPJ, con las que el PP espera cambiar el actual sistema de elección y que el PSOE no acepta que las Cortes Generales queden al margen, habrán de ser aprobadas "por una mayoría de tres quintos de sus vocales" y deberán estar acordes "con los mejores estándares europeos" con idea de que pudiera "ser evaluada positivamente" por la Comisión Europea.

Esa propuesta del CGPJ se trasladará después al Gobierno y a las Cortes para que, basándose en ella, se presente una reforma legislativa para su debate, y en su caso, tramitación y aprobación. Eso sí, su aprobación o no dependerá del Congreso y del Senado, donde se requiere al menos un respaldo de la mayoría absoluta dado su rango orgánico.

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