
Se acerca la temporada de verano y, como cada año, son muchos los trabajadores que ya se preparan para pedir en su empresa los días que les corresponden de vacaciones, unos días libres que tienen que estar aprobados y confirmados por la empresa.
De hecho, las vacaciones son un derecho para todo empleado, reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 38 sobre las vacaciones anuales. En este apartado, se reconocen días de vacaciones pactados por el convenio colectivo o contrato individual, pero nunca menos de 30 días naturales.
Además, el periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones, mientras que el trabajador tendrá que conocer las fechas que le correspondan, al menos, dos meses antes del comienzo del disfrute.
¿Esto que quiere decir? Que una vez que el trabajador ha pedido las vacaciones y han sido aprobadas por la empresa, el jefe no puede negarle estos días libres si quedan menos de dos meses para el comienzo de su disfrute.
Son muchas las ocasiones en las que el trabajador ha tenido que cancelar sus viajes contratados debido a la negación de los días de vacaciones que previamente había solicitado a la empresa y esta había aprobado: "Esto es ilegal", señala el abogado Ignacio de la Calzada González, que indica unos consejos para que la empresa no pueda llevar a cabo acciones como esta.
Consejos para pedir las vacaciones
Así, quienes no quieran perder sus vuelos y viajes reservados, deberán seguir unos consejos claros: "Lo primero, cuando vayas a pedir unas vacaciones, hazlo siempre por escrito. Con un WhatsApp o un email es suficiente", indica el experto.
Por otro lado, hay que pedir una fechas concretas y solicitar a la empresa que comunique por escrito que las aceptan, ya que así quedará claro qué días se han aprobado: "Si te sucede el caso anterior y tienes por escrito las vacaciones, no te preocupes. La empresa no puede decir que te has ausentado y despedirte, ya que sería un despido improcedente".
Por el contrario, los trabajadores que no hayan dejado esta solicitud y aprobación de vacaciones por escrito, sí que corren el peligro de que, si se van, estas ausencias sean consideradas como injustificadas por la empresa y, por tanto, obtener un despido disciplinario a cero euros.