
La Ley de la Segunda Oportunidad ha dejado libre de deudas a un autónomo que trabajaba como administrador en dos sociedades mercantiles ubicadas en las Islas Canarias. La cantidad que debía ascendía a unos 500.000 euros, una cantidad que ya no tendrá que pagar.
Se trata de un hombre que trabajaba en dos sociedades mercantiles como autónomo y, aunque las cosas le iban medianamente bien, era también avalista de los préstamos pedidos por las mismas sociedades.
Así, a causa de la pandemia, que generó una importante crisis en el sector turístico, se vio directamente afectado, pasando a la quiebra y quedándose con la responsabilidad de pagar la totalidad de la deuda al ser avalista de las mismas. Disponiendo de una vivienda y un garaje, con una garantía hipotecaria que pagaba al día, no podía aportar mucho más para compensar los más de 500.000 euros que debía, tal y como indican en la nota de prensa difundida por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, con quienes contactó.
El deudor, que empezó a verse afectado de salud, se puso en manos de la entidad formada por abogados y economistas especialistas en ayudar a personas insolventes. Estos profesionales fueron los que estudiaron su caso y aconsejaron al deudor acogerse a la llamada Ley de la Segunda Oportunidad.
Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Pepe Dóminguez, letrado de la Asociación, los detalla: "Estos son la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico".
Acreditando todo esto en el juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Las Palmas, el concurso se denominó "sin masa activa", al no existir bienes que liquidar y el juzgado concedió el auto de EPI el pasado 7 de julio.
Esta resolución definitiva deja a este deudor libre de pagar 520.656,43 euros y mantener vivienda y garaje en propiedad. Con esta sentencia los acreedores del concursado no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a este autónomo.