
Este viernes 21 de julio de 2023 finaliza la campaña electoral relacionada con las elecciones generales del 23-J. Dichos comicios, de los que saldrá el próximo Gobierno de España, tendrán lugar este domingo. Pero el próximo sábado será lo que se denomina como "jornada de reflexión", cuyo nombre se refiere a una supuesta tranquilidad de los votantes para decidir, sin las influencias de los partidos y sus organizaciones afines.
La campaña electoral posee una duración de 15 días, y siempre deberá terminar a las 00.00 horas del día inmediatamente anterior a la jornada de votación. La regula la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la cual plasma ciertas normas a cumplir por los partidos políticos, en cuanto a la realización y finalización de la misma.
Su artículo 53 menciona precisamente el periodo de prohibición de campaña electoral: "No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado", a lo cual se añade que "la obtención gratuita de medios proporcionados por las Administraciones Públicas quedará limitada al periodo estricto de campaña electoral", aunque ambas limitaciones se establecen "sin perjuicio de las actividades realizadas por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas y, en particular, en el artículo 20 de la Constitución". Dicho artículo versa sobre la libertad de expresión.
Las sanciones para los políticos
Resumiendo, las formaciones políticas no tienen permitido llevar a cabo actos o actividades de publicidad o propaganda electoral, desde el mismo momento en el que termina dicha campaña, es decir, a partir de este viernes. Quien lo haga, incurre en un delito, y se enfrentará a penas de prisión o multas, tal y como se establece en el artículo 154, que regula los delitos en materia de propaganda electoral.
En concreto, serán castigados con la pena de prisión de entre tres meses y un año o la de multa de seis a 24 meses, quienes realicen actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral.
Y dicho artículo advierte de que estarán castigados quienes infrinjan las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral.
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