
La cláusula "no show" es una condición que ponen algunas aerolíneas para viajes con escala o para trayectos de ida y vuelta. El problema que plantea a un pasajero es que, en los viajes mencionados, este podría quedarse sin vuelo si no aprovecha la totalidad de los servicios que le ofrece el billete.
Un ejemplo sería un vuelo Madrid-Santiago de Compostela, con ida y con vuelta. Resulta que la persona en cuestión tiene un problema y no puede volar a Galicia, pero finalmente llega por otros medios y decide utilizar el trayecto de vuelta a Madrid. Pues bien, esta cláusula podría impedir que su billete de vuelta sea válido. Y algo similar tendría lugar si se realiza un viaje con escala, y de nuevo no puede volar en todos los trayectos del mismo.
La ilegalidad de la cláusula "no show"
En el año 2018, la justicia española declaró tajantemente que esta cláusula es ilegal. El Tribunal Supremo declaró que es abusiva, y por tanto también nula. Por su parte, y de acuerdo con la compañía de servicios legales reclamador.es, el Juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid condenó en una sentencia a Air Canada por cancelar el trayecto de vuelta a un cliente que no acudió al primer viaje. La empresa se vio obligada a indemnizarle con 2.949 euros.
De acuerdo con la jueza encargada del caso, dicha condición rompe el equilibrio entre los derechos y las obligaciones del contrato, al impedir que el cliente disfrute de un servicio por el que ha pagado, y es contrario a la buena fe. Volviendo al Supremo, este añade que: "La protección de la política de tarifas de la compañía no justifica un perjuicio tan desproporcionado, previsto con carácter general para todo supuesto de utilización parcial de la prestación por parte del consumidor".
Por su parte Jorge Ramos, abogado de reclamador.es que llevó dicho caso, se muestra tajante y asegura que tras la sentencia del Supremo las aerolíneas deben dejar embarcar a cualquier cliente que, aun sin haber utilizado la ida, desee emplear su viaje de vuelta. "Estamos ante una cláusula de carácter abusivo, ya que no se negocia con el viajero, y además es redactada de forma unilateral por la compañía aérea". Así, Ramos anima a cualquiera que sufra un perjuicio por dicha cláusula a reclamar a la aerolínea responsable.
Varias opciones para reclamar
De acuerdo con reclamador.es, cualquier pasajero que encuentre la cláusula "no show" en sus billetes podrá hacer lo siguiente:
-De acuerdo con el Reglamento 261/2004, ante una cancelación o denegación injustificada de un trayecto, y dependiendo de la distancia, se pueden reclamar entre 250 y 600 euros.
-El reembolso íntegro de la parte del viaje que no se permita realizar, o bien el coste de un billete nuevo para poder volar.
-Todo gasto demostrable que se derive de la cancelación del vuelo.