La mayor parte del tiempo lo pasamos en nuestro trabajo. Por esta razón, cuando hacemos pedidos que llegan por correo postal, y no estamos en casa, ni contamos con conserje, nos vemos en la necesidad de pedirle a nuestros vecinos que reciban el envío. Sin embargo, este favor comunitario parece llegar a su fin por la denuncia de un usuario.
Así es, la amabilidad entre vecinos para este tipo de favores no se podrá realizar más, debido a que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) empezó a multar por entregar envíos a otros destinatarios.
La sanción ocurrió a raíz de una denuncia de un usuario a MediaMarkt, ya que se quejó porque un repartidor de UPS tomó la decisión de entregar su paquete a otra persona, según se puede apreciar en una resolución de la AEPD.
Por esta razón, agencia pública castigó a la compañía de reparto UPS con una multa total de 70.000 euros por infringir los artículos 5.1 f) y 32 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
La sanción se efectuó por la entrega de dos envíos a otro vecino, por lo que se impusieron dos multas por el valor de 50.000 y 20.000 euros.
Se trata de una "práctica muy común entre los repartidores" cuando no hay nadie en la casa de los destinatarios. Se hace para agilizar la logística de envíos y no tener que realizar el reparto en dos oportunidades, por ello, los repartidores suelen llamar por teléfono para acordar la entrega a un vecino o a un comercio cercano vinculado a los repartos.
Defensa de UPS
Las condiciones generales del servicio de UPS, incluso, contemplan esta posibilidad y hacen referencia desde la compañía de envíos, en este caso, a que es MediaMarkt quien debió haber indicado al cliente la modalidad de entrega de un encargo.
"UPS puede entregar un envío al destinatario que figura en la Carta de Porte o a cualquier otra persona que parezca estar autorizada para aceptar la entrega del envío en nombre del destinatario (tales como personas del mismo edificio del destinatario o vecinos de éste). Si el receptor no se encuentra disponible, el paquete podrá ser depositado en el buzón de correspondencia postal del domicilio del receptor, si se considera apropiado, o entregado al vecino salvo que el remitente haya excluido esta opción de entrega mediante la elección del servicio adicional aplicable. El destinatario será informado de cualquier entrega alternativa (o de la redirección a un UPS Access Point™) mediante nota dejada en su establecimiento o domicilio", se puede leer en las condiciones generales de UPS.
Advertencia a las compañías de reparto
Con todos los antecedentes, UPS podrá recurrir esta resolución de la AEPD ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Sin embargo, estos hechos suponen una advertencia para el resto de compañías de reparto, ya que deberán respetar la confidencialidad y no asumir que existen relaciones de confianza entre los vecinos.