
Diciembre es un mes tremendamente importante para muchos autónomos. Se trata de la época en la que el colectivo tiene la posibilidad de cambiar el sistema por el que calcula su IRPF. Es decir, aquellos trabajadores por cuenta propia que cotizan por el sistema de estimación directa pueden cambiar al sistema de estimación objetiva, y viceversa.
Los autónomos pueden tener muchos motivos para querer cambiar la forma de cálculo. No obstante, no todos los profesionales pueden llevar a cabo este trámite, existen una serie de requisitos que deben cumplir para realizarlo.
¿Cuándo puedo cambiar de sistema?
En primer lugar, el mes para llevar a cabo este proceso es, precisamente, diciembre, con el fin de que el cambio se haga efectivo al empezar el siguiente año; en este caso, en enero de 2022. La renuncia se realizará en la propia presentación del modelo 036 o 037 de alta como empresario.
No obstante, el autónomo tiene otra oportunidad, también puede llevar a cabo este cambio en el primer trimestre del año, en enero. Para ello, el profesional tendrá que presentar el modelo de pago a cuenta del IRPF que corresponda a la estimación elegida. De esta manera, Hacienda llevará a cabo el trámite automáticamente.
¿Qué requisitos debo cumplir?
No todos los autónomos pueden llevar a cabo este trámite. Para poder realizar el cambio de estimación directa a objetiva, los profesionales deben cumplir una serie de requisitos:
- Llevar a cabo una actividad que esté incluida en la Orden que desarrolla el régimen de estimación objetiva.
- No superar los límites de facturación establecidos para cada actividad.
- El volumen de ventas del ejercicio anterior de la empresa no puede superar los 250.000 euros.
- Las facturas del negocio no pueden superar los 125.000 euros al año.
- El volumen de compras no puede superar los 250.000 euros.
- No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado de IVA o IGIC canario, o los regímenes especiales especial de Agricultura, Pesca o Ganadería.
- No realizar otras actividades que tributen en estimación directa normal o simplificada.