
Hacienda sanciona a aquellas personas que cometen infracciones en su relación con la Agencia Tributaria. A pesar de que en muchas ocasiones suele tratarse de un error del cotizante, en algunos casos existe dolo o intención. Por este motivo, la Administración diferencia estas infracciones en tres grados dependiendo de su gravedad: leves, graves y muy graves.
Sin embargo, a pesar de haber cometido esta infracción, el cotizante puede recurrir la sanción interpuesta por el fisco. Lo único que debe saber el sancionado es que Hacienda establece unas vías concretas para llevar a cabo este trámite.
Cómo recurrir una multa de Hacienda
El fisco establece diversos canales telemáticos para presentar documentos y abrir trámites tributarios. Por lo que la mejor forma de dirigirse a la Administración a la hora de recurrir una multa es a través de la vía online.
Para ello, será tan sencillo como acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y buscar el apartado reservado para este trámite. Sin embargo, para realizar este proceso será necesario contar con un certificado digital, un DNI electrónico o la Clave PIN.
Una vez que el cotizante ha indicado que recurrirá la multa, la Administración responderá a la petición a través de la misma plataforma, y solicitará comprobantes en caso de necesitarlos. Por último, notificará al usuario de la aprobación de la petición en caso de ser válida.
Cabe recordar al interesado en recurrir una sanción del fisco que, en caso de realizar este trámite y que Hacienda deniegue el recurso, no podrá acceder a otras ventajas fiscales que ofrece la Administración, como las reducciones.
Reducir el importe o aplazar el pago
La Administración aconseja recurrir las multas solo cuando se esté totalmente seguro de que Hacienda ha cometido un error. En caso contrario, el cotizante podrá acogerse a una serie de ventajas como el pronto pago, por el que se aplicará una reducción sobre el importe total, que puede superar el 50%. Por norma general, este tipo de descuentos ya vienen reflejados en la propia notificación de Hacienda.
Del mismo modo, cuando la situación financiera personal o del negocio no permita el pago, el sancionado puede solicitar un aplazamiento, aunque para ello tendrá que presentar una orden de domiciliación bancaria de la sanción y el compromiso por parte de la entidad de avalar de forma solidaria, o un certificado de seguro de caución si el importe supera los 5.000 euros.