
Es algo que, por desgracia, casi se da por hecho cuando se inicia una búsqueda de empleo: algunos de los currículums que enviaremos no obtendrán contestación alguna. A veces, porque el proceso de selección recibe una gran cantidad de candidatos, y otra porque simplemente se pasa por alto.
Pues bien, esto que hasta ahora parecía algo no deseable pero sí natural puede acarrear multas. La Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) acaba de multar por primera vez a una empresa por no contestar el envío del currículum de un candidato. El motivo: no informar de su tratamiento y derechos al solicitante.
Según ha publicado la AEDP en el procedimiento, donde no se cita el nombre de la empresa, el candidato envió el CV por Whatsapp que la empresa había dispuesto en su web.
La AEDP entiende que "la recogida de datos de carácter personal a través de formularios incluidos en una página web constituye un tratamiento de datos, respecto del cual el responsable del tratamiento ha de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos".
Una sanción de 2.000 euros
El procedimiento impone una sanción a la empresa de 2.000 euros donde también se incluye que, en el formulario de contacto por WhatsApp, no recogía adecuadamente el responsable del tratamiento de los datos del formulario o los derechos que asisten a los que lo usen, tal y como exige el actual Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea.
La investigación y la multa se llevó a cabo, eso sí, tras la denuncia del candidato, que entendió que no sabía qué había pasado con la información que había derivado por un medio que no consideraba del todo apropiado como WhatsApp.