Dentro de la intensa campaña que la Dirección General de Tráfico (DGT) está llevando a cabo este verano, uno de los puntos sobre los que se está poniendo mayor foco es el consumo de alcohol al volante. Una conducta muy peligrosa y que constantemente se repite en las carreteras españolas, con mayor peligrosidad en las vías secundarias. Por ello, las altas multas ante esta infracción que puede derivar en una pena de cárcel.
Conducir después de haber ingerido cualquier tipo de alcohol es uno de los grandes males de las carreteras españolas. Un pésimo hábito que las diferentes instituciones gubernamentales tratan de erradicar, con campañas de prevención, controles rutinarios y fuertes multas disuasorias.
Y es que aunque hasta cierta tasa está permitida la conducción (0,25 mg/l por aire respirado y 0,5 g/l en sangre), es recomendable no coger un vehículo bajo cualquier tipo de influencia etílica puesto que a partir de 0,15 g/l los reflejos disminuyen pudiendo ser causantes de un accidente. Por todo ello la DGT ha implementado este verano, en fechas de mayores fiestas y viajes, los controles de alcoholemia en carretera.
Una vigilancia que en caso de ser detectada conlleva una fuerte multa económica o penal así como la pérdida de puntos en el carnet de conducir, hasta el máximo de la retirada de este. Desde 500 euros y 4 puntos, en las tasas mínimas sancionables (a partir de los 0,25 mg/l y 0,5 g/l), las infracciones pueden derivar en condenas de tres a seis meses de prisión.
La negativa a pagar o a pasar el control también está sancionado con penas de cárcel
Además, el negarse a pagar la multa o simplemente hacerse el control de alcoholemia también está sancionado, considerándose delito penal pudiéndose embargar los bienes del conductor en el primer caso. Por su parte, el rechazar un test en carretera conlleva cárcel y retirada del carnet en el peor de los casos.
Estas son los tres tipos de multa por positivo en alcohol
- Entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l. 500 euros y cuatro puntos en el carnet.
- Entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l. 1.000 euros y la pérdida de seis puntos.
- Más de 0,60 mg/l. De tres a seis meses de prisión, de seis a doce meses de multas económicas o de trabajos en beneficio para la comunidad y pérdida del carnet de conducir durante un período que puede ir de uno a cuatro años.
Por su parte, los conductores profesionales y noveles tienen establecido unos límites aún menores con 0,15 mg/l por aire respirado y 0,3 g/l en sangre. Eso sí, las multas económicas son similares y aunque se pueden recurrir, en pocas ocasiones el conductor lleva la razón puesto que los aparatos de un control de alcoholemia están homologados y pasan diversos controles.