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El juez avala la investigación de la UCO y rechaza la nulidad de la causa por el fraude del IVA con los hidrocarburos

Miembros de la Guardia Civil

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la nulidad del caso Gaslow, por el que se investiga un presunto fraude del IVA de hidrocarburos, asegurando en un auto que "este procedimiento se ha desarrollado sin viso alguno de ilegalidad o manipulación" por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

"Obviamente si este magistrado instructor lo hubiera detectado se actuaría en consecuencia", destaca el titular del Juzgado Central de Instrucción Cinco en el auto en el que confirma su decisión y rechaza el recurso de reforma presentado por uno de los investigados en este procedimiento, Juan Sánchez Yepes.

Este investigado, que es oficial de la Guardia Civil, había planteado la nulidad de la causa al considerar que tanto la UCO como el Ministerio Fiscal habrían hecho un "caprichoso manejo" de las diligencias instruidas en otro procedimiento similar del Juzgado Central seis y estas, del cinco. En concreto, el abogado de este investigado, Jacobo Teijelo, quien se reunió con la enviada del PSOE, Leire Díez, -para recabar información contra la UCO- aseguraba en su escrito que la Guardia Civil "clasifica" de modo arbitrario y en base a su propio y personal conocimiento la información que administra a cada procedimiento. Yepes está siendo investigado por haber obtenido información presuntamente de las bases de datos para facilitársela a los implicados en el fraude, algo que él niega, responsabilizando de esta actuación a otros miembros de la Guardia Civil, como Juan Vicente Bonilla, exagente de la UCO. En el juzgado seis se están investigando, entre otras, a la empresa SKT, que según el abogado de Yepes, habría recibido filtraciones de Bonilla.

Proceso

Pedraz responde, sin embargo, que "lo que no está en el expediente, no existe en el proceso", por lo que lo actuado fuera no consta dentro del respectivo expediente y no debe ser considerado por el juez. Igualmente, indica el magistrado, resulta inoportuno manifestar que nos encontramos ante un espionaje con fines políticos, derivado de noticias de prensa y de la existencia de una conversación telefónica en la que se menciona a "Koldo". "La prensa no está en la causa y el nombre de Koldo (o Bonilla) no significa nada, por mucho que sean conocidos a nivel mediático", advierte. "Lo que está claro es que el presente procedimiento se ha desarrollado sin viso alguno de ilegalidad o manipulación por la UCO. Obviamente si este magistrado instructor lo hubiera detectado se actuaría en consecuencia", zanja.

El juez explica que, si la defensa considera que el procedimiento del Juzgado Seis y el presente, del Juzgado Cinco, deberían haberse seguido en uno solo acumulado, lo que tendría que hacer no es plantear la nulidad, si no seguir los cauces procesales adecuados que son los de plantear la inhibitoria o declinatoria. "No hay vulneración de derecho fundamental alguno ni infracción de norma esencial de procedimiento, pues en lo que respecta a las presentes diligencias se ha seguido el debido proceso. En la presente causa ni el Sr. Yepes ni el Sr. García Pérez han sufrido indefensión alguna. Lo acontecido en las otras es cuestión que atañe al instructor de las mismas.", asegura Pedraz.

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