Economía

El Banco de España avisa a los que utilicen los cajeros automáticos para ingresar dinero que la entidad puede retener sus billetes

Persona ingresando billetes de euro en el cajero | Foto: iStock

A pesar de que cada vez hay menos cajeros automáticos en España, lo cierto es que todavía constituyen una parte fundamental de nuestra rutina para sacar dinero en efectivo, pero también para ingresarlo, clientes para los que el Banco de España (BdE) tiene un aviso muy importante.

Y es que desde el organismo han visto necesario recordar que, según lo dispuesto en el Reglamento 1338/2001/CE, las entidades financieras están obligadas a retirar de la circulación todos los billetes y monedas de euro que sean falsos o sospechosos de serlo. De este modo, si una persona pretendiese ingresar un billete falso en su cuenta bancaria a través del cajero, resultaría retenido hasta que se pudiera determinar si es verdadero o no.

En ese caso, el cajero expedirá un justificante donde consta que los billetes van a ser enviados al BdE para su comprobación. No obstante, si has realizado el ingreso en un sobre será la entidad la que posteriormente te informe en caso de que alguno de los billetes que contuviese fuera sospechoso, estando obligada la entidad a entregarlos al BdE en un plazo máximo de 15 días hábiles en ambos casos.

¿Cuándo me devolverán mi billete?

Ahora bien, una vez retenido el billete, la entidad bancaria deberá completar un formulario en una aplicación del BdE en el que detallará sus características, además de incluir los datos del presentador (la entidad) y el tenedor (el propietario) así como el IBAN del tenedor al que se transferirá el importe del billete si resultase ser legítimo. En la aplicación se generará un justificante con un número de registro distinto al que nos facilitó el cajero en un primero momento y que es necesario para poder hacer el seguimiento del expediente.

Cuando el billete llegue al BdE el Centro Nacional de Análisis procederá a examinarlo para determinar si es verdadero o falso, comunicando siempre el resultado tanto al correo electrónico del cliente como al de la entidad presentadora, que deberá abonar el importe correspondiente al IBAN proporcionado si resultase ser legítimo.

No obstante, si la entidad no llegó a cumplimentar los datos del tenedor al registrar el expediente, tanto la comunicación del resultado como la transferencia le llegará directamente a la entidad, no al cliente, que deberá ponerse en contacto con ellos para obtener información.

No hay que ser impaciente. El BdE avisa que estos expedientes se analizan por riguroso orden de llegada, sin tener en cuenta el importe, por lo que no hay un plazo determinado para su tramitación. En caso de querer consultar cómo evoluciona este proceso puedes informarte a través de la aplicación 'Consulta del expediente', introduciendo el número de registro y el DNI, o contactando con el Centro Nacional de Análisis.

Cómo detectar un billete falso

Es bien sencillo, tan solo tendremos que poner en práctica el famoso método 'toque, mire y gire'.

Primero, tocaremos el billete pasando el dedo por el anverso, donde se debería notar el relieve del dibujo del mismo, del valor y de las líneas que aparecen en sus bordes laterales.

Después tendremos que mirar el billete a trasluz para comprobar si cuenta con la marca de agua, el hilo de seguridad y la ventana transparente que hay en el holograma lateral.

Por último, pero no menos importante, habrá que girar el billete. El retrato de la diosa Europa, el motivo principal y el valor del billete que se sitúan en el holograma producen "distintos efectos visuales" al inclinar el billete, mientras que si se mira el reverso se podrá observar cómo en la ventana con retrato aparecen números del importe.

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