
El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha obligado a la banca a advertir expresamente a los clientes de que si firman una hipoteca con cláusula suelo no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del euríbor.
Así lo ha establecido el alto tribunal en una sentencia en la que, sentando jurisprudencia, declara la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que se produzca una falta de transparencia y en la que establece que no es suficiente con que sean comprensibles de forma aislada.
También señala que, de acuerdo con ese requisito, los clientes deben ser informados de otros productos para que puedan realizar una comparación con datos suficientes y recibir de forma clara y destacada información sobre las cláusulas, sin que pasen inadvertidas entre otras en el mismo contrato.
Serán cláusulas válidas si son "transparentes"
De este modo el Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre la validez y la posibilidad de control judicial del carácter abusivo de las cláusulas suelo, incorporadas a contratos bancarios de préstamo a consumidores con garantía hipotecaria y a interés variable, y ha dictaminado que este tipo de cláusulas serán válidas cuando cumplan los requisitos de "especial transparencia" exigible en los contratos con los consumidores.
Según ha informado el Alto Tribunal, en el pleito contra BBVA, Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito (hoy Cajas Rurales Unidas, S.C.C.) y Caja de Ahorros de Galicia, Vigo, Orense y Pontevedra (hoy NCG banco S.A.U.) se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia.
Destaca que en el caso enjuiciado se declara la nulidad por falta transparencia y, a tal efecto, el Supremo estima que "no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles". El tribunal falla que la nulidad de estas cláusulas "no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas".
Interés variable solo al alza
Además, hace hincapié en que los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el euríbor).
También deben ser informados "de forma clara y destacada", sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indica que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.