
Con el mes de septiembre arranca el nuevo curso escolar que implica el desplazamiento de un gran número de estudiantes universitarios de su lugar de origen para residir en otras zonas del país, con lo que ello implica para el mercado inmobiliario. De hecho, según la última edición del informe The Student Accomodation Insights 3.0, en España de 1.633.000 estudiantes de enseñanzas superiores cerca de medio millón (unos 494.000) tienen que desplazarse de su lugar habitual de residencia para estudiar.
Muchos de los estudiantes se decantaran por la opción del alquiler de una vivienda. Desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) analizan los pros y contras de las distintas modalidades de alojamiento, en función del tipo de contrato, y en época de Covid. El alquiler tradicional de una vivienda, alquiler de temporada o el arrendamiento de una habitación en un piso compartido son, en líneas generales, las opciones que pueden encontrar los estudiantes.
Todo ello, con el contexto sanitario actual, donde la salud y la seguridad son factores clave a la hora de elegir el tipo de alojamiento, algo que tienen claro desde la Agencia Negociadora del Alquiler. El Director General de ANA, José Ramón Zurdo explica que "el alquiler por habitaciones no es la opción más segura, en el contexto que estamos viviendo, y nosotros recomendamos que los estudiantes compartan lo menos posible, y entendemos que ésta va a ser una opción muy buscada por aquellos padres, que no quieren asumir más riesgos".
El arrendamiento de vivienda (regulado por la LAU) es una modalidad de alquiler extendida y habitual, donde las fianza máximas que se pueden exigir a los inquilinos son de una mensualidad de renta, y en concepto de garantía complementaria dos meses de rentas.
Ofrece estabilidad al no tener que buscar vivienda cada año
Según ANA, este tipo de alojamiento ofrece estabilidad para toda la carrera, ya que el estudiante firmará un contrato que podrá prorrogar hasta cinco años, siete si el propietario es una persona jurídica. Así, no tendrá que buscar una nueva vivienda cada año.
Este modelo, además, ofrece una seguridad contra el Covid, tal y como señalan desde ANA: "La mayor seguridad es que el estudiante alquile él solo la vivienda, sin compartir. Pero también se puede desde un inicio compartir el alquiler de la vivienda entre dos o más estudiantes, que formen una especie de "unidad familiar" estable durante toda la vida del contrato y así minimizar los riesgos de contagio". En este caso, todos deberán figurar como arrendatarios en el contrato de alquiler de la vivienda, convirtiéndose en coarrendatarios.
En la parte de los contras, es que el alquiler resulta más caro, debido a que los meses de verano los estudiantes, por lo general, vuelven a la residencia familiar, y la renta se tendrá que seguir pagando. "Por lo tanto, el alquiler será más caro frente al alquiler de temporada, donde solo se pagan los meses de la temporada acordada. Aunque no todo está perdido en esta modalidad y el inquilino podrá negociar con el propietario, una rebaja de la renta para la época estival", señalan desde la Agencia Negociadora del Alquiler.
Otra de las modalidades es el arrendamiento para uso distinto a vivienda, de temporada (regulado por la LAU). Su regulación se deja a la voluntad de la autonomía de las partes contratantes, en su defecto se aplicarían las normas del título III de la LAU y supletoriamente el código civil. Para este tipo de arrendamientos, las fianzas máximas que se pueden exigir a los inquilinos son de dos mensualidades de renta, mientras que la cantidad que se puede solicitar en concepto de garantías complementarias son libres.
Se debe indicar cuál es la finalidad por la que se realiza la ocupación temporal
En las cláusulas, para diferenciarlo de un arrendamiento tradicional, se debe indicar cuál es la finalidad por la que se realiza la ocupación temporal y dejar constancia en el contrato que el inquilino mantiene su domicilio habitual en otro lugar diferente al del alquiler.
A favor de esta modalidad, desde ANA destacan que el estudiante solo pagará las rentas de alquiler de los meses que dure el curso escolar, es decir, los meses de estancia. Además, resaltan seguridad contra el covid, al aplicar las mismas circunstancias que en el arrendamiento de vivienda).
Sin embargo, con esta opción el estudiante tendrá que pagar dos meses de fianza, frente a un mes del alquiler tradicional de vivienda. Y por otro lado, el propietario podrá exigir, como garantía adicional, la cantidad económica que considere oportuno. Además, si al año siguiente continúa los estudios, tendrá que volver a buscar otra vivienda en alquiler, puesto que el contrato expira al finalizar la temporada acordada.
Por último, desde la Agencia Negociadora del Alquiler analizan el alquiler por habitaciones (regulados por el Código Civil). En este caso, se alquila el derecho a usar la habitación por un tiempo pactado compartiendo las zonas comunes de la vivienda con el resto de arrendatarios que alquilan las otras habitaciones. En este caso, y en el actual contexto sanitario, desde ANA señalan en contra la alta rotación de inquilinos.
"Desaconsejamos totalmente esta opción, dado que las habitaciones suelen tener mucha rotación de inquilinos, y esto aumenta exponencialmente el riesgo de contagio, para todos los que residan en estas condiciones. Además de que es un alquiler mucho más conflictivo en el que conviven personas que ni siquiera se conocen y que es fuente de muchos problemas de convivencia, sin contar con el intenso desgaste que sufre la vivienda, y que requiere de muchísima mayor gestión que un alquiler tradicional", apuntan.