Comunidad Valenciana

La importancia de la conciliación en el procedimiento laboral

Vicente Blanch Tormo. ZB&P Abogados

Lograr la conciliación laboral es un paso importante que muchos empresarios no se atreven a considerar. Por ello, debemos preguntarnos ¿qué es la conciliación laboral?

La conciliación laboral es un medio a través del cual se busca, y en su caso se llega a una solución de ciertos conflictos en el ámbito de las relaciones laborales de manera extrajudicial, ya que las dos partes proceden a gestionar la resolución de sus discrepancias con el apoyo de un conciliador calificado. Por ello, podemos definir la conciliación laboral como la vía utilizada para resolver de manera extrajudicial los conflictos o diferencias que se generan dentro de una relación contractual.

La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, insiste en el intento de llegar al acto conciliador ante el servicio administrativo que corresponda o ante los órganos de conciliación que puedan establecerse a través de los acuerdos interprofesionales o los convenios colectivos, así como los acuerdos de interés profesional (Art. 63,Art. 154 ,LJS, Art. 83 ,ET y Art. 13 ,Ley 20/2007, de 11 de julio) como "requisito previo" a la tramitación de cualquier proceso ante el órgano jurisdiccional.

En función de quien ostente la condición de empleador, se verá modificado el procedimiento extraprocesal que deberá instar el trabajador. De esta manera, cuando esta condición la ostente una persona física o jurídica -privada-, el acto preprocesal será la conciliación previa (Art. 63 ,LJS). Si por el contrario quien ostenta la condición de empleador es una Administración Pública, la vía para intentar evitar el proceso judicial será la reclamación administrativa previa (Art. 64-69 ,LJS).

Por último, si el empleador es una cooperativa de trabajo asociado y el trabajador despedido un socio de ésta, la evitación del proceso se intentará con un recurso previo ante el propio consejo rector de la sociedad cooperativa.

La conciliación es un convenio entre las partes que presentan un conflicto con el objeto de llegar a una solución -ya sea con anterioridad o posterioridad a que se presente una demanda laboral- y una institución jurídica empleada en la mayoría de las ramas del Derecho, necesaria para tratar de solucionar las controversias que se presenten. Asimismo, cabe destacar el recurso continuado a esta institución desde su creación, dada su utilidad y conveniencia como método de solución de conflictos (como el arbitraje, la mediación o la transacción).

Debemos considerar que una conciliación siempre tendrá más ventajas que la resolución de un procedimiento judicial, y por cuatro motivos fundamentales. El primero, la dilación que existe actualmente en los juzgados, de forma que en muchos casos un procedimiento judicial puede tardar varios años en resolverse.

El segundo, que no existe una garantía 100% de que el juzgado estime las pretensiones de la empresa o la demanda del trabajador.

El tercero, que el coste que supone entablar un procedimiento judicial siempre es mayor: honorarios de los abogados, interposición de recursos ante el juzgado y mucho tiempo en el mismo.

El cuarto, que no resulta agradable tener que pasar por un juzgado para la mayoría de las partes.

Por todo lo mencionado anteriormente, se debería apostar más a menudo por llegar a un acuerdo ante la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) correspondiente que, dentro de lo posible, satisfaga a las dos partes, ya que tal y como dicen, "más vale un mal acuerdo, que un buen pleito".

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