Comunidad Valenciana

El TC admite los recursos contra las leyes valencianas de función social de la vivienda y de pobreza energética

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos presentados por el Gobierno central contra las leyes valencianas de Función Social de la Vivienda y para paliar y reducir la Pobreza Energética, según publica hoy el BOE.

En ambos recursos se considera que se han vulnerado competencias estatales y se señalan preceptos que contradicen la normativa nacional en las materias abordadas.

En el caso de la Ley valenciana de función social de la vivienda -que plantea medidas antidesahucios y la posiblidad de expropiación de viviendas no usadas de grandes propietarios-, desde principios de año Gobierno y Generalitat han trabajado, con una comisión bilateral, para resolver los puntos cuestionados, sin acuerdo. El Gobierno dirige su recurso contra 14 artículos y 2 anexos de la norma autonómica, que se considera que "incurren en extralimitación competencial y, por tanto, invaden las competencias estatales en materia de régimen del derecho de propiedad (art. 149.1.1ª de la Constitución Española, en relación con el art. 33 de la Constitución), de legislación procesal y civil (149.1.6ª y 8ª de la Constitución), bases de la ordenación de crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (artículos 149.1.11ª y 13ª de la Constitución, respectivamente)".

En cuanto a la norma contra la pobreza energética, la impugnación se centra en el artículo 3, "que regula la declaración de un hogar en situación de vulnerabilidad social, en cuyo caso determina un procedimiento previo al corte de suministro". Se señala que "la sentencia del Tribunal Constitucional 62/2016 ya afirmó la preferencia de la competencia estatal en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases del régimen minero y energético, recogidas en el artículo 149.1.13ª y 25ª de la Constitución Española, que reservan al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las bases del régimen minero y energético, respectivamente".

En este sentido, especifica que la ley autonómica "establece un procedimiento que contradice los plazos previstos en la normativa estatal para el corte de suministro. Además, incide sobre el régimen económico del sistema energético al mantener el suministro sin retribución del suministrador, y regular los plazos de aplicación, las comunicaciones a realizar antes del corte de suministro, los consumidores a los que no se les podrá cortar el suministro, etcétera, en términos distintos a los establecidos por la normativa estatal básica en materia de energía (electricidad y gas), y no así en relación con el suministro de agua, que no se ve afectado por la impugnación".

Petición de retirada

El 30 de noviembre, Les Corts Valencianes aprobaron, con los votos del PSPV, Compromís, Podem y los exdiputados de Ciudadanos, instar al Consell a exigir al Gobierno central la retirada de estos recursos de inconstitucionalidad

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