La Audiencia Nacional ha estimado la demanda de Iberia contra el sindicato de tripulantes de cabina de pasajeros Stavla, y ha declarado como "huelga ilícita" los paros convocados durante los meses de febrero, marzo y mayo por el sindicato.
En concreto, Stavla había convocado paros para los días 13, 17, 20 y 24 de febrero de 2012, 16, 19, 23, 26 y 30 de marzo, 2, 4, 9 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de abril, y 2, 4, 7, 11, 14, 18, 21, 25 y 28 de mayo.
La Audiencia Nacional ha valorado que los citados paros implican una huelga ilegal por "novatoria", al pretender alterar lo pactado en el XVI Convenio Colectivo relativo a la posibilidad de desarrollar las operaciones de Iberia Express fuera de la matriz.
De esta forma, se considera que el Convenio recogía la posibilidad específica de llevar a cabo dichas operaciones tanto dentro como fuera de la matriz, correspondiendo esta opción en exclusiva a la Empresa, según prevé el Código Civil. La aerolínea Iberia ha emitido un comunicado en el que se congratula de la sentencia de la Audiencia Nacional y anuncia que ahora estudiará los pasos a seguir a partir de la misma.