Tributos

Cambio de criterio del Teac sobre plazos de inspección

Ilustración: Archivo.

Para computar si el acuerdo de ampliación de la duración de un procedimiento inspector se ha adoptado dentro del plazo máximo inicial de doce meses no han de tomarse en consideración (no deben descontarse) ni eventuales interrupciones justificadas ni dilaciones que sean imputables al contribuyente.

Así, se reconoce en una resolución del Tribunal Económico-Adminitrativo Central (Teac) en una resolución de 5 de marzo de 2014. Con este criterio se abandona el mantenido hasta ahora, basado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha cambiado de criterio en atención a la claridad de la más reciente jurisprudencia del Alto Tribunal (sentencias de 6 de junio y 14 de octubre 2013).

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky