Transportes y Turismo

Ocean Capital prevé 1.000 millones de inversión con la reforma de la Ley de Puertos

  • Su división de consultoría OIM calcula que 192 concesiones se beneficiarán del nuevo marco legislativo
  • Los cambios en la ley desde 2003 hasta 2014 habían causado confusión sobre este aspecto
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El cambio en la Ley de Puertos y Marina Mercante ha sido aplaudido y acogido con esperanza por parte de los operadores del sector, que ya analiza sus efectos poco meses después de su entrada en vigor. El nuevo plazo para prorrogar el tiempo de concesiones en España abre la puerta a nuevas inversiones por parte de los adjudicatarios, que saben ahora que el tiempo máximo será de hasta 75 años y que las concesiones adjudicadas antes de 1992 no deberán cambiar de adjudicatario automáticamente en 2027.

"Actualmente, existen 190 concesiones otorgadas antes de 1992 que podrían solicitar prórrogas. Según nuestras estimaciones y como resultado de una aproximación inicial, esto se traduciría en una inversión de más de 1.000 millones de euros por parte de los operadores privados", explica Ocean Capital Partners en un informe elaborado por su división de consultoría (Ocean Infraestructure Management) con motivo de estos cambios normativos.

El estudio de OIM, consultado por elEconomista.es, es el primero que analiza las consecuencias del cambio de la Ley de Puertos el pasado mes de mayo. El nuevo texto normativo abre la posibilidad de extender la duración de los contratos otorgados con anterioridad al año 1992, fecha en la que se prohibieron los plazos concesionales por periodos superiores a los 30 años. Este plazo temporal fue posteriormente ampliado a los 35 años, con lo cual, todas estas concesiones tenían como fecha de caducidad máxima el mes de diciembre del año 2027, lo que llevó a los expertos del sector a hablar de este suceso próximo como Efecto 2027.

La reforma, que tomó carta de naturaleza al introducirse en la disposición final cuarta de la ley 13/2023, elimina un tratamiento históricamente desigual. El motivo: las diferentes normativas han ido añadiendo complejidad. Así en 1992 se introdujo la prohibición de otorgar concesiones portuarias sin límites de tiempo y se acotó el plazo máximo a 30 años, mientras que en 2014 entró en vigor una ley que amplió el límite máximo de las concesiones de 35 a 50 años. Fue este último cambio el que llevó a la Abogacía del Estado a interpretar que las concesiones que se habían dado antes del año 1992 no podían acogerse a ningún tipo de prórroga.

Puertos del Estado maneja que las concesiones afectadas por el nuevo marco legislativo son 312, según explica un portavoz a este medio. Estas concesiones, explican desde el organismo público, "están repartidas por todos los puertos de interés general, excepto en Vilagarcía de Arousa, que no hay ninguna afectada".

La nueva hoja de ruta

El estudio de OIM, titulado Una hoja de ruta para prorrogar las concesiones portuarias, centra que estos nuevos fondos se dirigirán a obras e instalaciones a largo plazo en los puertos. En base a su experiencia previa "creemos que la reciente modificación legal supondrá un empuje para la eficiencia y un mayor desarrollo de la red de puertos españoles", añaden desde OIM, que ha participado en más de 30 procesos de ampliación del plazo de concesiones vinculados a la normativa de 2014. 

Entre los casos que implican a la compañía están el asesoramiento a Grup Marítim TCB (actualmente APM Terminals) para ampliar el plazo de sus concesiones de ocupación en los puertos de Valencia, Barcelona, Castellón, Gijón, La Palma y Tenerife, así como un caso similar con Gonvarri durante 2015 y 2016 para el Puerto de Tarragona. OIM también aprestado servicios de asesoría técnica a Ership en la tramitación de ampliaciones de plazo y prórrogas de sus concesiones administrativas en los puertos de Tarragona, Valencia y Cartagena y a Enagás para la subsanación del expediente de ampliación del plazo inicial de la concesión en el Puerto de Huelva.

Las prórrogas están vinculadas a compromisos de inversión del concesionario que representen el 20% o el 50% de la cuantía de la inversión inicial aportada para el comienzo de la actividad y al inicio del plazo concesional original. Como requisito también aparece que los fondos se destinen a infraestructuras terrestres, ferroviarias o mejoras en las redes de transporte y que cuenten con el beneplácito de Puertos del Estado a través de un informe favorable y vinculante.

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