
David volvió a ganar a Goliath. Dos consejeros de la desaparecida Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), Bernardo Lorenzo y Xabier Ormaetxea, han ganado todas las batallas legales contra la Administración General del Estado hasta culminarlas con la sentencia que ayer hizo público el Tribunal Supremo.
La sala Tercera de lo contencioso administrativo ha dado la razón a los dos miembros del antiguo organismo regulador tras declarar nulos dichos ceses y obligar al Estado a reponerlos en sus puestos en el organismo equivalente, en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). También obliga al Estado a pagar los salarios con los intereses desde la fecha del cese, en octubre de 2013, tanto del ex presidente de la CMT y también consejero Lorenzo, como del consejero Ormaetxea. Según estimaciones de fuentes del mercado, a las que ha tenido acceso este periódico, la retribución conjunta podría rondar los 780.000 euros.
Tras la sentencia del alto tribunal, la decisión ahora corresponde al Gobierno en cuanto a la forma de cumplir con sus obligaciones judiciales. Por un lado, podría readmitir de inmediato a los consejeros hasta el fin de sus respectivos mandatos, lo que supone apenas tres meses de actividad, ya que la fecha de extinción se sitúa en el próximo mayo. Por el contrario, el Gobierno podría incorporar a Lorenzo y Ormaetxea en la CNMC para que ocuparan dos de las tres plazas que actualmente han expirado legislatura en el organismo, o bien en la reestructuración que se producirá el próximo septiembre, siempre con seis años por delante para ejercer de consejeros.
En la sentencia del Tribunal Supremo se reconoce que el Gobierno "cercenó" el mandato inicial de seis años del Presidente y los consejeros "y se redujo a menos de la mitad sin que los titulares del órgano hubieran incurrido en ninguna de las causas legales de cese, siendo éste debido al mero hecho de la reforma institucional de la autoridad nacional de reglamentación".
Con anterioridad, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que "una reforma legal de la autoridad de regulación como la examinada, no conforma una razón suficiente para el cese de sus directivos salvo que se prevean reglas que garanticen que dicho cese antes de la finalización de los mandatos "no menoscaba la independencia e imparcialidad de las personas afectadas".
Defensa exitosa de Ormaetxea
Precisamente, la defensa en los tribunales de los dos ex consejeros la ha desempeñado el propio Ormaetxea, prestigioso abogado cuyo periplo en el caso se inició con la interposición de un recurso contencioso administrativo contra los reales Decretos aprobados por el Consejo de Ministros en octubre de 2013. En marzo de 2014 formalizó la primera demanda, alegando entonces la ilegalidad y arbitrariedad de las resoluciones. El Abogado del Estado solicitó la desestimación del recurso y la impugnación de todos los argumentos esgrimidos por Ormaetxea, Finalmente, la Sala planteó el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, resolviendo en favor de los dos ex consejeros. Según defendió el jurista, en ningún caso se produjeron las circunstancias que justificaran legalmente el cese, ya que ése "sólo podría producirse por renuncia, expiración del mandato, incompatibilidad sobrevenida, por haber sido condenado por delito doloso o por incapacidad permanente".