
Muchas son las empresas que, a lo largo de los últimos años, han tenido que afrontar la retirada del mercado de productos defectuosos haciendo frente a pérdidas millonarias, reducciones de plantilla y graves daños a la marca.
Aunque el caso más reciente es el de Samsung con el Note 7, no es la única. Entre 2006 y 2007 Nokia sirvió 46 millones de baterías con riesgo de sobrecalentamiento o el caso de Perrier, que retiró en la década de los 90 su 160 millones de envases de agua mineral del mercado por un caso de contaminación en EEUU. En cualquiera de los casos, el afectado final es el usuario pero, ¿qué hay que hacer cuando se es víctima de un producto defectuoso?
Desde Legálitas han explicado cuáles son los pasos y los elementos clave en los que fijarse para poder interponer sus reclamaciones amparados por la normativa de Consumo.
· Casos en los que se podrá reclamar por daños producidos. El Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre define el producto defectuoso como "aquél que no ofrezca la seguridad que cabría legítimamente esperar, teniendo en cuenta todas las circunstancias y, especialmente, su presentación, el uso razonablemente previsible del mismo y el momento de su puesta en circulación".
Por tanto defectos de seguridad que podrán ser reclamadas de manera independiente de la garantía frente al vendedor. En el caso de un móvil, por ejemplo, está sujeto a la garantía por fallos o defectos en el funcionamiento, que son reclamables al vendedor, inclusive los daños y perjuicios que de ellos pudieran derivarse. Sin embargo, los defectos de seguridad no se regulan por la normativa de garantías, sino por la normativa de productos defectuosos, en la que la reclamación debe dirigirse al fabricante o importador y no al establecimiento vendedor, siendo los plazos algo más amplios para reclamar.
De este modo, un consumidor que se enfrente a un daño producido por un producto defectuoso tendrá derecho a solicitar la devolución del dinero y a reclamar por los daños que le haya causado, son numerosas las sentencias que condenan al pago de una indemnización al fabricante de un producto defectuoso por los daños producidos, generalmente lesiones físicas.
Para poder reclamar una indemnización se deberá demostrar, no sólo el defecto del producto y el daño sufrido, sino también la relación causa y efecto entre ambos, algo que no no siempre será sencillo, explican desde el bufete. Si por ejemplo entendemos que un problema de salud nos lo ha ocasionado un alimento, crema o medicamento deberemos demostrar que la enfermedad ha sido causada por ese producto y no por otra causa.
· Cantidad a indemnizar. El artículo 141 de la citada ley establece unos límites económicos a la cuantía de la indemnización del productor por los daños causados por productos defectuosos.
Por un lado, de la cuantía de la indemnización de los daños materiales se deducirá una franquicia de 390,66 euros. Por otro, la responsabilidad civil global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto tendrá como límite la cuantía de 63.106.270,96 euros.
· Si el daño ha sido por un mal uso. En el caso de que el daño se haya producido por un mal uso de la víctima, la indemnización puede reducirse en gran medida, e incluso puede desaparecer el derecho a percibirla.
Será necesario estudiar cada caso concreto para establecer si la causa es en parte por el defecto y en parte por el mal uso o bien la causa del daño ha sido exclusiva del uso incorrecto.
· Plazo para reclamar. El consumidor dispone de un plazo de 3 años para reclamar de acuerdo a la Ley de Consumidores y Usuarios desde que se produjo el daño.
· ¿A quién reclamar? Uno de los elementos clave es determinar a quién se le ha de reclamar. El vendedor o suministrador solo es responsable en caso de que el fabricante o importador no pueda ser identificado o si vendió el producto sabiendo que era defectuoso.
· ¿Y si no deseo devolver el producto defectuoso? Cuando la marca admite un error y se ofrece a devolver el dinero de sus productos defectuosos, es difícil que alguien no quiera colaborar en esta devolución, pero si así fuera, es el usuario quien asume su responsabilidad en adelante. De este modo, en el caso del Note 7, si posteriormente se produjera un incendio causado por el móvil, la norma dice expresamente que "la responsabilidad prevista (?) podrá reducirse o suprimirse en función de las circunstancias del caso, si el daño causado fuera debido conjuntamente a un defecto del producto y a culpa del perjudicado o de una persona de la que éste deba responder civilmente".
· ¿Qué hacer si sigue siendo defectuoso? En el caso del Note 7 de Samsung, si el producto sustituido es igualmente defectuoso, el cliente afectado podría exigir al fabricante bien la sustitución, bien la devolución del dinero, amén de las indemnizaciones que pudieran corresponderle por los perjuicios sufridos y que pueda acreditar. Lo correcto es que, al igual que han hecho en el primer caso, Samsung publique en la Red Alerta el aparato defectuoso y los pasos a seguir por parte de la compañía para subsanar la deficiencia.