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Condenado a pagar 10.000 euros porque su hijo suplantó a otro menor con una cuenta falsa de Instagram

Alamy//Niños con smartphone
@lawtips

Padre paga una multa brutal por su hijo.

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Cada vez es más común que las cosas que ocurren en redes sociales acaben en los juzgados, y es que estas plataformas se han convertido en una parte muy activa de la vida de los usuarios, y como consecuencia muchos delitos han proliferado a través de estos medios. Ya no solo sirven para llevar a cabo estafas y engaños que buscan hacerse con tus datos personales y bancarios, sino que los delitos de suplantación y difamación están en auge.

El principal motivo por el que este tipo de delitos mediante redes sociales está creciendo tanto es la sencillez con la que se llevan acabo, y a su vez, en muchos casos los usuarios los cometen sin saber en realidad que se trata de una infracción que puede conllevar consecuencias legales.

La creación de perfiles falsos en redes sociales, es una práctica muy común, no obstante, lo que puede considerarse al principio como una broma tonta, puede acabar convirtiéndose en un delito penal. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de demostrar esto tras multar al padre de un menor de edad con 10.000 euros.

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Padre paga una multa brutal por su hijo.

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Tal y como refleja la sentencia, y ha explicado el abogado especialista en tecnología Samuel Parra desde su cuenta personal de X (antes Twitter), la decisión de un niño de 13 años de crear un perfil falso en Instagram le ha salido muy cara a su progenitor.

Al parecer, este niño creó una cuenta de Instagram en la que la foto de perfil era una foto de un compañero suyo, también menor de edad, que había sacado del perfil oficial de este. En esta cuenta falsa, tan solo había una publicación que consistía de un hombre masturbándose.

Fue cuando la madre del menor al que había suplantado la identidad, la que al ver la cuenta falsa denunció al otro menor a la Guardia Civil por usurpación de identidad, aportando capturas de pantalla del perfil y de las publicaciones. Tras analizar el caso y llevar a cabo las investigaciones pertinentes, las autoridades decretaron que el menor de edad había vulnerado el artículo 6 del Reglamento General de Protección de datos (RGPD), el cual se refiere a utilizar los datos o la imagen del menor sin su consentimiento.

Debido que el acusado es también menor de edad, la AEPD ha estipulado que sean los padres del menor los responsables de pagar los 10.000 euros al afectado. "Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda" se puede leer en la sentencia.

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