Tecnología

Bruselas modifica los cargos contra Apple por sus restricciones en música en línea

  • Considera que se trata de prácticas comerciales desleales
  • Retira la acusación previa contra la obligación impuesta por Apple a los desarrolladores de utilizar Apple Pay
  • La firma tecnológica se arriesga a una multa del 10% de su volumen de facturación anual mundial
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La Comisión Europea ha delimitado este martes los cargos contra Apple por las reglas que establece a los proveedores de música, como Spotify, en la tienda de aplicaciones de sus dispositivos. Concretamente, los reguladores antimonopolio de la UE han precisado que las normas de su App Store violan la normativa del bloque contra prácticas comerciales desleales porque impiden que los desarrolladores informen a los usuarios de otras opciones de compra.

Con esta puntualización, Comisión Europea ha retirado la acusación previa contra la obligación impuesta por Apple a los desarrolladores de utilizar su sistema de pago, dentro de las aplicaciones.

La Comisión Europea ha aclarado que la declaración de objeciones de este martes no pone en cuestión el incumplimiento de la normativa comunitaria antimonopolio en lo que respecta a las soluciones de pago, sino que se cuestiona las restricciones contractuales que Apple impone a los desarrolladores de aplicaciones. Concretamente, porque impide informar a los usuarios de iPhone y iPad de las opciones de suscripción musical a precios más bajos fuera del entorno Apple, en consecuencia, elegir alguna de tales opciones fuera de la aplicación.

El caso se remonta a 2016, cuando Spotify acusó a la firma tecnológica de cobrar una comisión del 30% a los desarrolladores que distribuyen aplicaciones en su App Store. Una acusación que derivó en una demanda, ya en marzo de 2019, contra Apple por limitar intencionadamente las opciones y ahogar la innovación.

En este marco, la Comisión Europea ha considerado que Apple ha incurrido en prácticas comerciales desleales y que ha incumplido con las obligaciones del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que vela por evitar el abuso de posición dominante.

En este sentido, el Ejecutivo comunitario ha arrojado luz sobre el hecho de que las obligaciones impuestas por Apple en su aplicación impiden que los desarrolladores puedan informar a los usuarios acerca de dónde y cómo se pueden suscribir a precios más bajos.

De hecho, la Comisión Europea ha hecho hincapié en que las restricciones impuestas por la compañía estadounidense no son necesarias ni proporcionadas para la prestación de servicios en la tienda de aplicaciones de iPhone y iPad y perjudican por partida doble: por un lado, a los usuarios de servicios de música en streaming en los dispositivos de Apple, porque pueden terminar pagando más y, por otro, a los desarrolladores porque limita la elección efectiva de los consumidores.

El informe de la Comisión Europea se remonta a junio de 2020 cuando Bruselas abrió un procedimiento formal sobre las normas de Apple para los desarrolladores de aplicaciones sobre la distribución de aplicaciones a través de la App Store.

Por tanto, la declaración de este martes pretende acotar los cargos que el Ejecutivo comunitario dirigió contra Apple en abril de 2021 y a los que la compañía estadounidense respondió en septiembre de 2021. La Comisión consideró que Apple compite contra otros servicios de streaming como Spotify pero, en el seno de su tienda de aplicaciones, les cobra comisiones y les prohíbe informar sobre opciones de suscripción alternativas. Cabe recordar que, en abril de 2021, el Ejecutivo comunitario emitió una evaluación preliminar en la que ya señaló al gigante tecnológico por abuso de posición dominante.

Según el procedimiento, si la Comisión Europea llega a concluir, una vez la empresa haya ejercido su derecho a defensa, que existen pruebas de infracción, podría llegar a prohibir tal práctica e imponer a Apple una multa del 10% de su volumen de negocio anual y mundial. En todo caso, no existe un plazo legal para poner fin a una investigación antimonopolio, sino que depende de factores como la complejidad del caso, el grado de implicación de las empresas afectadas o la importancia de la investigación y el grado de cooperación de las compañías implicadas.

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