Campaña de la Renta 2016
- 03/05/2017, 08:28
03/05/2017, 08:28
Wed, 03 May 2017 08:28:10 +0200
Si el contribuyente aplica en su declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) de este año la deducción por vivienda habitual y a consecuencia de su divorcio en 2016 se ha adjudicado la totalidad de la misma que adquirió la sociedad de gananciales con financiación en 2000, sepa que si constituye un nuevo préstamo para cancelar el anterior y pagar a su cónyuge la parte que le corresponde, solo podrá deducir por el importe del préstamo que financie la parte indivisa de su propiedad anterior a 2013, según la doctrina de la Dirección General de Tributos (DGT), manifestada en su resolución vinculante (V0202-17), de 27 de enero de 2017.