
La jurisprudencia será la clave para definir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tanto en las medidas a adoptar por las empresas como en la concreción de los representantes legales de los cuales la empresa será responsable directo.
Ésta es la principal conclusión de la jornada organizada ayer por Écija sobre El Corporate Compliance y los delitos informáticos ante la reforma del Código Penal en donde se analizaron las principales novedades de la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo 23 de diciembre y que establece por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Sin embargo, hay dudas que, apenas a 20 días de su entrada en vigor, aún preocupan a las empresas.
La primera de ellas hace referencia al conjunto de medidas de control, conocidas bajo el nombre de Corporate Compliance, que tendrán que adoptar las empresas para no responsabilizarse por los delitos cometidos por sus trabajadores. Según Elena Ballesteros, asociada senior de Écija, el problema es que "el Código Penal no establece qué se entiende por debido control, de forma que al final la duda consiste en saber qué tipos de medidas serán suficientes para acreditar dicho control ante el juez".
Control insuficiente
De igual forma también preocupa a las empresas la responsabilidad que establece en su primer apartado el artículo 31 bis del Código Penal para aquellos delitos cometidos por los representantes legales y administradores de hecho, que supone una responsabilidad objetiva y plena de las empresas, sin que quepa ninguna eximente.
En palabras de Adolfo Hernández, también de Écija, este precepto "ha sido una traslación muy tosca del mundo anglosajón al ámbito europeo", en donde el concepto de representante legal es demasiado amplio y habrá que delimitarlo. Algo para lo cual será también clave la jurisprudencia que irá sentando este tema. Sin embargo, como señaló Elena Ballesteros, "tardaremos años en tener jurisprudencia, y por ahora, lo único que podemos hacer es esperar a ver cómo se mueven los jueces".
Por último, los expertos también quisieron destacar el problema de que esta reforma del Código Penal no vaya acompañada de una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "de forma que al final, el proceso va a ser igual, y los problemas entre jurisdicciones también".
Situación actual
También se presentó un estudio acerca de la situación actual de las empresas en la adopción de estas medidas. Según Javier Carbayo, asociado de Écija, en la práctica, la mayoría de las empresas ya cuentan con normas y procedimientos de control, que deberán ser aprovechadas para este fin.
Sin embargo, en lo que aún fallan las empresas es en la inversión en tecnología y servicios informáticos, en donde, según Écija, sólo el 50 por ciento se encuentran adaptadas a este nuevo reto, ya que, como señaló Javier Carbayo, "es necesario incorporar una carga tecnológica importante a nuestros controles ya existentes". Por último, donde más fallan las empresas es en la revisión de los controles, que como añadió, "es necesario verlos a la luz de esta nueva regulación".