Penal

La responsabilidad penal exige cumplir los controles

Es "imprescincible" un análisis penal previo de la empresa a la hora de analizar casos de traslado de culpabilidad en transformaciones, fusiones y escisiones de compañías, en el que se estudie si ésta incumple protocolos de control.

Así, lo advirtió ayer el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, José Manuel Maza Martín, durante su intervención en la ,jornada La responsabilidad penal de la empresa una nueva incertidumbre para las empresas, organizada por KPMG Abogados.

Maza alertó de la "necesidad de sentar la base de la responsabilidad criminal de la persona jurídica, siendo dudoso que se pueda construir un principio de culpabilidad en base al reproche moral".

Recordó, además, que esta nueva responsabilidad goza de un sistema de culpabilidad autónomo, de modo que "incluso si no conocemos la identidad del que comete el ilícito, la responsabilidad de la persona jurídica se mantiene".

Opinión de otros expertos

Por su parte, Alejandro Luzón, fiscal Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción, apuntó que el sistema adoptado "no establece una responsabilidad penal directa de las personas jurídicas, sino que exige la previa comisión de un delito por una persona física".

Analizó, además, el sistema de penas, en su mayoría de gran gravedad, y alabó la introducción de la pena de multa como alternativa a otras sanciones más graves como la disolución o el cierre de locales.

Con respecto a la importancia que tomarán los controles internos en el seno de la empresa a raíz de la reforma, Alain Casanovas, Socio en el Área Legal de KPMG Abogados, y Fernando Lacasa, Director de Forensic de la misma firma, analizaron la aparición de nuevos conceptos que tendrán que tenerse en cuenta con respecto al nuevo articulado del Código Penal.

Entre ellos, el de Corporate Crime Prevention, que conforma los controles precisos necesarios para que se produzca la atenuante de la responsabilidad penal de la persona jurídica o, incluso, la eventual aplicabilidad del tipo penal. Aparece también la idea de reasonable assurance, siendo controles razonables los que hacen referencia a un análisis priorizado de los delitos que pueden darse en el seno de la empresa.

Por su parte, Julio Banacloche, catedrático de Derecho Procesal, criticó las dificultades que se presentarán en este campo por no haber acompañado a la reforma con una paralela que afectara a la Ley De Enjuiciamiento Criminal.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky