El titular de Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, Aner Uriarte, determinó en la vista previa de ayer por la demanda de ACS contra la reforma de los estatutos de Iberdrola, aprobados en la última junta de accionistas, que resolverá el caso sin acudir a vista oral, porque estima que el objeto del proceso está claro y no es necesaria la intervención de peritos, ni testigos.
Así el juez decidirá sólo sobre la legalidad de la reforma de los estatutos en virtud de la Ley de Sociedades de Capital y si en los artículos que exigían mayorías cualificadas éstas se alcanzaron.
La decisión del magistrado ha motivado una protesta por parte de Iberdrola, cuya defensa argumentaba que en la denuncia de ACS se apuntaban entre los motivos para las reformas estatutarias el interés de la eléctrica de ir contra su accionista principal.
Desde Iberdrola se exigía que se probasen tales acusaciones y que hubiera posicionamiento expreso del juez sobre dicha materia. En este sentido Iberdrola había presentado sendos informes periciales que determinan la idoneidad económica y de buen gobierno de las reformas estatutarias realizadas.
El juez admite que los informes periciales sigan en el proceso, pero rechaza escuchar a los peritos y entrar a valorar esas cuestiones que a su entender 'son elementos subjetivos' y no objetos del hecho procesal.
Reformas y mayorías
En su demanda ACS reclama la 'nulidad' por ser contrarios a derecho los artículos 20, 27, 29, 30, y 36. Después pide la anulación por falta de mayorías cualificadas (Iberdrola dice que se superó el 80 por ciento de los votos y ACS dice que no alcanzaron el 73 por ciento) para reformar los artículos 29, 30, 56, y 57. En estas reformas están afectados los derechos de información y voto de los accionistas; cesiones de voto con contrapartidas; conflicto de intereses; y número de consejeros.
Ahora ACS tiene diez días hábiles para presentar sus conclusiones, después lo hará Iberdrola y finalmente sentenciará el juez.