Opinión

El SMI se salva del IRPF en 2025: ¿una medida temporal?

Web de la Agencia Tributaria con las letras IRPF. | Alamy

En los últimos meses, se han publicado numerosos artículos sobre la posible tributación en el IRPF de las personas que perciban salarios que se ajustan al SMI (Salario Mínimo Interprofesional). En estas líneas, repasaremos el origen de la controversia y explicaremos cómo ha quedado finalmente resuelta esta cuestión.

El pasado 11 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó una subida del 4,4% del SMI. Hasta 2024, el SMI se situaba en 1.134 euros mensuales (15.876 euros anuales en 14 pagas), y con esta última subida se pasa a ser de 1.184 euros brutos al mes, lo que equivale a 16.576 euros anuales en 14 pagas. Esta medida, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, supondrá un incremento medio de unos 50 euros mensuales, unos 700 euros al año. Se calcula que esta medida beneficiará aproximadamente a unos 2,5 millones de trabajadores, de los cuales una parte muy importante está representada por trabajadores menores de 25 años.

¿Y cómo venía el Gobierno vinculando las subidas del SMI con el IRPF? De manera muy sencilla. Sin ir más lejos, en el BOE del 7 de febrero de 2024 se publicó el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, que modificó el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo) en materia de retenciones e ingresos a cuenta. Precisamente esa modificación elevó la cuantía mínima para aplicar retenciones pasando de 15.000 euros a 15.876, en línea con el SMI de 2024. Gracias a este ajuste, quienes percibieron el salario mínimo el año pasado no tuvieron ninguna retención en su nómina, cobrándola íntegramente.

Sin embargo, en esta ocasión la polémica se suscitó al anunciar el Ministerio de Hacienda en un primer momento que la subida del SMI no iría acompañada de un ajuste en el mínimo exento de retención en el IRPF. Esto significaba que parte de estas rentas, que hasta ahora estaban exentas, tendrían que tributar en IRPF. Cabe recordar que el IRPF, junto con el IVA, es uno de los impuestos con los que el Estado más recauda.

En términos prácticos, de haber prosperado la medida inicialmente anunciada por el Ministerio de Hacienda, hubiese significado que, una parte significativa del aumento del SMI habría quedado absorbida por el impacto fiscal, reduciendo así el beneficio real de la subida.

¿Y cómo ha quedado resuelta finalmente esta polémica? La solución "salomónica" llegó el pasado 28 de marzo con un acuerdo entre el Ministerio de Hacienda y el de Trabajo. La clave del pacto ha sido la introducción de una deducción en la cuota del IRPF, asegurando que los trabajadores que perciben el SMI o menos no tributen en el IRPF de 2025.

En concreto la deducción para quienes perciben el SMI estará vigente para el año 2025, ya que el Ministerio de Hacienda ha señalado que en 2026 la medida se reevaluará, según la evolución del SMI.

Al ser una deducción, los contribuyentes "adelantarían" ese dinero de IRPF vía retención en su nómina. Sin embargo, al presentar la declaración del ejercicio 2025 en 2026, podrán recuperar ese importe, ya que la deducción coincidirá con el importe de la cuota a ingresar.

No obstante, aunque todo apunta a que el mecanismo fiscal seguirá los términos anunciados oficialmente, está pendiente de ser concretado en la normativa reguladora del IRPF. Todo parece indicar que obligará a estos trabajadores a tener que presentar declaración de IRPF para poder recuperar las retenciones soportadas en sus nóminas de 2025.

En definitiva, la solución adoptada evita que los trabajadores con el SMI tributen en el IRPF, pero lo hace a costa de introducir un sistema de retenciones y devoluciones que obliga a presentar declaración para recuperar lo que, en esencia, nunca deberían haber pagado. Más que una exención real, parece un mecanismo burocrático que añade complejidad a quienes menos recursos tienen. Quizá habría sido más coherente ajustar directamente el umbral de retención, en lugar de imponer una solución que, aunque efectiva, no deja de ser un parche temporal sujeto a revisión en 2026.

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