
Los tribunales establecen que la Agencia Tributaria puede embargar bienes directamente sin necesidad de solicitar previamente al responsable de la deuda información concreta sobre los mismos. En concreto, la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) dicta en su resolución que el Fisco no tiene que realizar un trabajo previo de investigación antes de emitir la diligencia de embargo.
Con ello, se agilizarán estos procedimientos y se evitará que los deudores aprovechen esos periodos muertos para maniobrar y así aparecer como insolventes. El TEAC estima también que su resolución no conlleva "embargos excesivos" ya que la retención es hasta cubrir el importe de la deuda. Supone por ello un aval a las incautaciones anticipadas del Fisco.