Opinión

El impacto de la Ley Mbappé: oportunidades y retos para inversores extranjeros en la Comunidad de Madrid

El jugador del Real Madrid, Kylian Mbappé. | Reuters

La Asamblea de Madrid aprobó el pasado 20 de noviembre la modificación del Texto Refundido por la que se establece una deducción en la cuota íntegra autonómica del 20% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por inversiones en valores realizadas por extranjeros que adquieran la residencia en la Comunidad de Madrid, la llamada Ley Mbappé. Esta ley tiene efectos desde el pasado 1 de enero de 2024, y puede afectar incluso a inversiones ya realizadas en el ejercicio 2023.

Esta medida establece beneficios fiscales para personas físicas no residentes en España que trasladen su residencia a la Comunidad de Madrid, siempre y cuando no hubieran sido residentes fiscales en España durante los cinco años previos al ejercicio en el que se produzca el cambio de residencia. Además, se exige que las inversiones realizadas se mantengan por un período de 6 años. Esta iniciativa busca reforzar la competitividad fiscal de Madrid y atraer talento e inversión extranjera, alineándose con prácticas similares adoptadas en otros países europeos.

Los tipos de inversiones que darán derecho a la deducción incluyen valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios negociados o no, como letras, bonos o deuda pública. También se incluyen valores representativos de la participación en fondos propios de entidades españolas o extranjeras, ya sean negociados o no negociados en mercados organizados (acciones y participaciones en entidades). Se elimina la posibilidad de aplicar esta deducción a inversiones inmobiliarias, una medida alineada con las políticas actuales destinadas a evitar una mayor presión sobre los precios del mercado inmobiliario. Esto refleja una tendencia similar a la supresión de incentivos relacionados con la posibilidad de obtención de la Golden Visa, que otorgaban beneficios fiscales y permisos de residencia al realizar inversiones inmobiliarias.

A pesar de lo mencionado anteriormente, la Ley establece requisitos adicionales para el supuesto de inversiones en acciones o participaciones no cotizadas. Entre estos, se exige que la entidad participada no resida en un paraíso fiscal, que el porcentaje de participación no supere el 40% directa o indirecta junto con el cónyuge y familiares hasta segundo grado y, que, el contribuyente no ejerza funciones ejecutivas ni de dirección, ni mantenga una relación laboral con la entidad. Estas disposiciones buscan garantizar un marco de transparencia y desvinculación operativa en las inversiones permitidas.

Además, el plazo para realizar la inversión y poder aplicar la deducción en el IRPF varía en función del tipo de entidad en la que se invierta. Si la inversión se realiza en entidades españolas, se permite que esta se lleve a cabo en el año anterior, el mismo ejercicio o el posterior al momento de obtener la residencia fiscal en la Comunidad de Madrid. Sin embargo, si la inversión no se destina en entidades españolas, el plazo se circunscribe únicamente al año en el que se obtenga la residencia en Madrid y al siguiente.

La norma establece un plazo de mantenimiento de la inversión de seis años, pudiéndose enajenar y reinvertir en su totalidad para no perder el derecho a la deducción generada. Sin embargo, la pérdida de la residencia fiscal en Madrid será óbice para perder el derecho a la deducción, convirtiéndose en un requisito esencial.

La ley Mbappé supone un atractivo incentivo diseñado para atraer capital extranjero y podría estimular las inversiones extranjeras en nuestra economía. No obstante, presenta ciertas incompatibilidades con otros regímenes fiscales como el régimen de impatriados, la deducción autonómica por inversión en acciones o participaciones en entidades de nueva o reciente creación, y las inversiones de entidades cotizadas en el MAB. Con la introducción de esta norma, la Comunidad de Madrid busca posicionarse y consolidarse dentro del mercado nacional como un destino competitivo para inversores globales. Será interesante observar cómo reaccionan los inversores ante este nuevo marco normativo y si se logran cumplir las expectativas del Gobierno autonómico.

En conclusión, resulta muy relevante, por tanto, que aquellas personas que estén planteando establecerse en España y, en concreto, en la Comunidad de Madrid analicen detenidamente su situación fiscal y se asesoren correctamente. La normativa tributaria ha experimentado modificaciones en los últimos años que han reducido los beneficios fiscales asociados a ciertas inversiones, y el panorama actual no ofrece el mismo abanico de incentivos que existía en años anteriores. Un análisis personalizado es clave para determinar cuál es el régimen más adecuado para cada caso, ya que las opciones disponibles pueden ser significativamente diferentes en función del tipo de inversión o la residencia fiscal del individuo.

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