Opinión

Los avalistas de los créditos ICO acuden a los tribunales por venta engañosa

  • Los bancos tienen la potestad de reclamar el 100% de la deuda
Ángel Luis Vázquez, economista, mediador, administrador concursal y experto financiero.
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Recientes sentencias judiciales que consideran la existencia de vicios de consentimiento en los avales de las operaciones ICO han provocado que un número creciente de avalistas recurra a los tribunales para defender sus intereses.

Las operaciones financieras realizadas bajo el amparo de las denominadas "Líneas ICO" se presentaron en su día como créditos convencionales, con la particularidad de estar garantizados por el Estado. En estas operaciones, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) cubre hasta el 80% del principal en el caso de Pymes y autónomos, y el 70% para el resto de las empresas. No obstante, son las entidades privadas las que asumen el riesgo en primera instancia, y en muchos casos, estas exigieron garantías adicionales, entre las que se incluía el aval personal de los empresarios.

¿El origen del conflicto?

En caso de impago, los bancos tienen la potestad de reclamar el 100% de la deuda, tanto a la empresa prestataria como a los avalistas, lo que ha dejado a muchos empresarios y autónomos en una situación de responsabilidad total sobre las deudas, pese a haber creído que su aval estaba limitado al porcentaje cubierto por el ICO.

Los contratos ofrecidos por las entidades financieras incluían cláusulas que, en muchos casos, los firmantes no comprendieron del todo o no fueron explicadas con la suficiente transparencia. Estas cláusulas incluían pactos de solidaridad en el pago y la renuncia a beneficios de excusión, que eliminaban la posibilidad de reclamar contra los bienes del deudor principal antes de exigir responsabilidades al avalista.

Efectos de la pandemia y reclamaciones actuales

La crisis económica provocada por la pandemia de COVID-19 agravó la situación, ya que muchos de los negocios que suscribieron estos créditos no pudieron continuar con su actividad. Hoy en día, los avalistas, que en la mayoría de los casos son los propios empresarios o socios de las pymes, están siendo perseguidos por las entidades financieras, que reclaman el 100% de la deuda en lugar del 20% que, en muchos casos, creían que les correspondía asumir.

El malentendido se origina en la publicidad oficial y en la comunicación gubernamental, que insinuaba que el Estado cubriría el 80% de la deuda en caso de impago. Esto ha llevado a que muchos avalistas aleguen un vicio de consentimiento, al considerar que no fueron informados de manera clara sobre las implicaciones reales de los avales que firmaban.

Primeras sentencias favorables

En el último año, algunos tribunales han comenzado a fallar a favor de los avalistas. Un ejemplo es el Juzgado de Primera Instancia n.º 29 de Barcelona, donde la magistrada Leonor Sanz declaró que tanto las cláusulas contractuales como la publicidad de los créditos ICO COVID-19 inducían a error a los empresarios, haciéndoles creer que el Estado asumiría el 80% del aval, y no solo el 20%, lo que afecta directamente al consentimiento prestado en la firma de dichos contratos.

Este fallo es una señal esperanzadora para muchos avalistas que, de buena fe, respaldaron las operaciones de crédito de sus empresas, confiando en la información proporcionada por el Gobierno y el ICO.

Recomendaciones para los afectados

Los expertos aconsejan a los avalistas afectados que consulten con profesionales especializados, que puedan asesorarles adecuadamente en la defensa de sus intereses. Además de la vía del vicio de consentimiento, existen otras estrategias legales que pueden explorarse en estos casos.

En cualquier caso, es crucial que los afectados elijan con cuidado a sus asesores legales, evitando caer en nuevas formas de publicidad engañosa. En caso de duda, es recomendable dirigirse a corporaciones profesionales que puedan orientar sobre la mejor manera de proceder.

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