
El metaverso sigue entre nosotros, aunque la IA se está llevando el foco mediático. El concepto está evolucionado, pero seguimos hablando de mundos digitales en los que poder interactuar y hacer multitud de cosas. También se contemplan como espacios en los que las organizaciones y las marcas pueden desarrollar sus proyectos y negocios.
Ya sabemos que el metaverso incluye diversas tecnologías como la Blockchain, las criptomonedas o la IA generativa, que se encuentran estrechamente relacionadas.
Aunque no hay una tipología o clasificación única, se pueden clasificar los metaversos en centralizados o descentralizados. En los metaversos centralizados existe una entidad o plataforma que lo regula y que dispone de información de los usuarios, como por ejemplo Meta®, mientras que los metaversos descentralizados se caracterizan por la cesión del control a los usuarios, que deciden sobre el futuro de las plataformas digitales.
En entornos centralizados y cerrados, como Meta®, SecondLife®, Fornite® o Axie Infinity®), se interactúa en un marco delimitado y controlado donde la relación básica es entre el usuario y el creador del mundo virtual.
En cambio, en los entornos descentralizados y abiertos (como The Sandbox® o Decentraland®), el intercambio individual y las experiencias únicas cobran una importancia trascendental, sin perjuicio de que hay, un momento inicial (el registro de acceso) que marca el vínculo entre la persona física/jurídica real y su avatar (identidad digital).También podría definirse como un espacio virtual colectivo, creado por la convergencia de la realidad física y digital virtualmente mejorada. En otras palabras, es independiente del dispositivo utilizado y no es propiedad de un solo proveedor.
Es una economía virtual independiente, habilitada por monedas digitales y tokens no fungibles (NFT), donde tecnologías como la Blockchain son protagonistas y, además, tienen un alto nivel de seguridad en la trazabilidad de las operaciones realizadas, así como la transparencia y la integridad de los datos tratado, hecho que, con toda probabilidad, será utilizado con las Administraciones Tributarias de los diferentes países para el control y la lucha contra el fraude fiscal.
Algunos de los aspectos más relevantes a tener en cuenta en la regulación del marco legal del metaverso hay muchos, por ejemplo, los relativos a la propiedad intelectual, las relaciones contractuales y su defensa, entre otros.
Por lo que al ámbito tributario se refiere, los interrogantes que se plantean son múltiples, pero hay que resaltar que gran parte de la regulación del mundo "real" resultará aplicable, aunque se irá adaptando a estas nuevas plataformas digitales.
Habrá que definir, por ejemplo, como tributará la compra/venta de bienes inmuebles virtuales, la impartición de cursos virtuales, la venta de contendidos digitales, y qué implicaciones tendrán en la imposición directa (IRPF/IS) o la indirecta (ITP/IVA), además de cuál será el lugar de prestación de los servicios virtuales. Todo esto comportará la necesidad de adaptar los sistemas tributarios a los nuevos modelos de negocio que el metaverso conlleve y de que la tributación deberá estar ligada a la calificación jurídica de las operaciones realizadas en el mundo virtual.
En cuanto a la información a facilitar a las Administraciones Tributarias, los metaversos centralizados (o cerrados), tendrán como actores principales a las entidades o a las plataformas que lo sustenten, mientras que en los metaversos descentralizados (o abiertos), la responsabilidad deberá recaer sobre los usuarios, que son quienes realizarán las operaciones que podrán dar lugar un hecho imponible tributable.
Estamos viviendo un momento de nuestra historia, en que la digitalización de la economía, también denominada como Web3, supone una etapa evolutiva de Internet, que continuará y, de hecho, ya lo está, con el Metaverso, que supone nuevas formas de hacer negocios y de creación de valor en esta nueva economía virtual paralela a la tradicional o "real".
Por último, es importante señalar que la cooperación y el multilateralismo entre Estados, así como la colaboración entre los ámbitos públicos y privados, son la única vía para regular adecuadamente esta nueva economía digital, así como para luchar contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, también en los mundos virtuales. Así, los Estados, que ya trabajan en ello deberán crear marcos legales adecuados, en el marco acuerdos multilaterales que regulen e impulsen estos nuevos modelos de negocios digitales, incluyendo el metaverso, y que garanticen la seguridad y privacidad para sus usuarios en las diferentes vertientes, incluyendo, por supuesto, el ámbito de los impuestos.
Lo que tenemos claro es que la nueva economía digital nos depara ya grandes retos y oportunidades y, como siempre, la realidad en lo virtual suele estar por delante de la regulación normativa.