Opinión

Cumplimiento y la UNE19604: un paso adelante en la gestión laboral

Equipo de trabajadores. Getty

La irrupción de términos como compliance y sostenibilidad han impactado de forma significativa en la esfera económica, política y empresarial, y su repercusión no se ha quedado atrás en el ámbito de las relaciones laborales, marcando un antes y un después en cuanto a su propia definición y a la gestión del cumplimiento normativo.

Desde la llegada de la pandemia, se han producido sucesivos cambios normativos que han presidido la gestión laboral y esto nos ha obligado a parar, reflexionar y pensar cómo afecta esta cuestión al entorno empresarial y a la necesidad de diseñar e implementar sistemas de control y gobernanza en el ámbito sociolaboral.

En paralelo, podemos observar que, al igual que la sociedad ya no tolera comportamientos que van en contra de los principios de igualdad, las compañías y directivos tampoco admiten conductas que se puedan entender no solo como no respetuosas con el cumplimiento de las normas, sino que se puedan calificar como no sostenibles.

La necesidad de adoptar comportamientos y actitudes sostenibles se ha universalizado y transciende a lo medioambiental. Así, cada vez más las organizaciones están poniendo foco en la creación de valor a través de la sostenibilidad sociolaboral para ser más competitivas generando un impacto relevante en alguno de los cuatro pilares clave en el modelo de negocio. En primer lugar, la marca, para la mejora de la reputación de la compañía incrementando el valor de ésta fruto de la adopción de este tipo de políticas; en segundo, el cliente, porque incrementa las tasas de captación nuevos y potenciales clientes de segmentos más comprometidos. En este sentido, el life time value del cliente aumenta al tener una vinculación mucho más potente asociada a los valores; en tercer lugar, el talento, ya que la atracción de talento se ve potenciada asociada al propósito de la compañía. La vinculación de los empleados genera mayor productividad, creatividad y valor generado a la organización. Los ratios de rotación se minimizan poniendo barreras a la fuga de talento y mejorando la eficiencia y, en cuarto lugar, el interés para el inversor, puesto que la preocupación por generar valor social en sus negocios es cada vez mayor. Así, se evita la barrera de no invertir en compañías que no cumplen y/o aportan en materia de sostenibilidad e incrementa la valoración de la compañía en futuras operaciones de compras, fusiones, etc.

Y todo ello engarza con otra vertiente de la sostenibilidad que es el cumplimiento sociolaboral. En este sentido, tradicionalmente se ha asociado este término a la esfera penal e incluso fiscal, generando preocupaciones por sus posibles consecuencias fruto del incumplimiento en estos ámbitos para las empresas y sus administradores.

Pero al igual que la sostenibilidad ya no es patrimonio de la E (Enviromental) o de la G (Governance), la S (Social) ya es un ámbito igualmente relevante en la materia y del mismo modo el compliance no es patrimonio del ámbito penal ni tributario, sino que es igualmente significativo dentro del ámbito laboral.

Tanto es así, que incluso ya se ha publicado el pasado mes de julio, una norma UNE de compliance sociolaboral (UNE19604), que tal y como indica expresamente en su redactado recomienda a las compañías establecer, implementar, mantener y mejorar continuamente un sistema de gestión del compliance sociolaboral, incluidos los procesos necesarios y sus interacciones.

De esta forma, la nueva norma sostiene que el sistema de gestión del compliance debe, de un lado, reflejar los valores, objetivos, estrategia y riesgos de compliance de la organización teniendo en cuenta el contexto de esta última y, además, debe incluir las políticas y las medidas diseñadas para evaluar el riesgo de incumplimiento socio laboral, prevenirlo, detectarlo, gestionarlo y mitigarlo de manera temprana cuando no sea posible eliminarlo.

Por lo tanto, si ponemos en relación sostenibilidad y compliance sociolaboral vemos un binomio ganador para las relaciones laborales del siglo XXI. Cumplir con las normativas laborales no es solo una cuestión legal, sino también ética. Las empresas que adoptan esta regulación demuestran su compromiso con la equidad y el respeto hacia sus empleados, contribuyendo así a la sostenibilidad social. De tal forma que integrar la sostenibilidad social y el compliance laboral no solo es un imperativo, sino que también brinda beneficios significativos a las empresas y a la sociedad en general.

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